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Orientación administrativa de HCSO
Orientación administrativa para la Ordenanza de seguridad de la atención sanitaria de San Francisco (HSCO)
Aviso : La Guía Administrativa de la HCSO no se ha revisado para reflejar todos los cambios que entraron en vigor el 1 de enero de 2017. Por lo tanto, ciertas disposiciones de esta Guía podrían no ser coherentes con la Ordenanza de Seguridad de la Atención Médica ("HCSO"), artículo 21 del Código Electoral de San Francisco . En particular, ninguna disposición de la Guía debe interpretarse en el sentido de que cualquier gasto que no sea totalmente irrevocable en atención médica pueda contabilizarse para el requisito de gasto del empleador, a partir del primer trimestre de 2017. En caso de conflicto entre la Guía Administrativa o el Reglamento y la Ordenanza, esta última prevalecerá y deberá seguirse.
Guía administrativa completa de HSCO
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Explorar por tema
- A: Descripción general
- B: Empleadores cubiertos
- C: Empleados cubiertos
- D: Cálculo de los gastos sanitarios necesarios
- E: Realizar los gastos de atención sanitaria necesarios
- F: Gastos de atención médica revocables e irrevocables
- G: Contribuyendo a la Opción Ciudad
- H: Requisito de publicación de avisos por parte del empleador
- I: Requisitos de conservación de registros por parte del empleador
- J: Requisitos de informes del empleador
- K: Recargos por salud
- L: Prohibida la represalia
- M: Presentar una queja
- N: Penalizaciones
- O: HCSO y la Ley de Atención Médica Asequible