INFORME

Regla 410: Anuncios de exámenes y solicitantes (Comisión de Servicio Civil)

Se aplica a la mayoría de los empleados del MTA "Service-Critical"

Esta regla afecta a los trabajadores de la ciudad que están clasificados como empleados "de servicio crítico" en la Agencia de Transporte Municipal. No se aplica a los empleados de los rangos uniformados de los Departamentos de Policía y Bomberos ni a los empleados "misceláneos". Obtenga más información sobre las otras reglas que se aplican a los empleados "misceláneos".Ver reglas relacionadas

Regla 410

Anuncios de exámenes

y solicitantes

Artículo I: Política de igualdad de oportunidades en el empleo

Aplicabilidad: El Artículo I, Regla 410, se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA).

Artículo II: Anuncios de exámenes

Aplicabilidad: El Artículo II, Regla 410, se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA), excepto aquellas representadas por el Sindicato de Trabajadores del Transporte (TWU), Locales 200 y 250A.

Artículo III: Solicitantes

Aplicabilidad: El Artículo III, Regla 410, se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA), excepto aquellas representadas por el Sindicato de Trabajadores del Transporte (TWU), Locales 200 y 250A.

Artículo IV: Solicitudes y notificación de exámenes

Aplicabilidad: El Artículo IV, Regla 410, se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA) representada por el Sindicato de Trabajadores del Transporte (TWU), Locales 200 y 250A.

Artículo V: Calificaciones de los solicitantes

Aplicabilidad: El Artículo V, Regla 410, se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA) representada por el Sindicato de Trabajadores del Transporte (TWU), Locales 200 y 250A.

Regla 410

Anuncios de exámenes

y solicitantes

Artículo I: Política de igualdad de oportunidades en el empleo

Aplicabilidad: El Artículo I, Regla 410 se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA).

Sec. 410.1 Política de igualdad de oportunidades en el empleo de la Comisión de Servicio Civil relacionada con los anuncios de exámenes y los procedimientos de solicitud

El objetivo y la política de la Comisión de Servicio Civil es lograr una fuerza laboral que refleje plenamente la diversidad multicultural, étnica y de género de la Ciudad y el Condado de San Francisco. El Director de Transporte de la MTA o su designado realizará actividades de difusión para anunciar los próximos exámenes. Estas actividades incluirán, entre otras, envíos periódicos por correo, ferias de empleo y presentaciones para informar al público sobre las oportunidades de empleo y el proceso de exámenes dentro del sistema de méritos del servicio civil.

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Anuncios de exámenes

y solicitantes

Artículo II: Anuncios de exámenes

Aplicabilidad: El Artículo II, Regla 410, se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA), excepto aquellas representadas por el Sindicato de Trabajadores del Transporte (TWU), Locales 200 y 250A.

Sec. 410.2 Anuncios de exámenes

La convocatoria de examen será la notificación oficial del mismo e incluirá los requisitos, fechas y demás detalles del proceso de selección. Los solicitantes deberán guiarse únicamente por los términos de la convocatoria.

Sec. 410.3 Períodos mínimos de publicación de anuncios de exámenes

Los anuncios de exámenes se publicarán en el sitio web oficial de oportunidades de empleo de la MTA durante un período mínimo, según lo determine el Director de Transporte de la MTA o su designado, que no será inferior a tres (3) días hábiles. Para establecer este período mínimo, el Director de Transporte de la MTA o su designado considerará, entre otros factores, el número de vacantes, la rotación en la clasificación, la disponibilidad en el mercado laboral, la estabilidad y fiabilidad de la plataforma de mensajería para el envío y la recepción de notificaciones, el acceso del mercado laboral a los medios para recibir notificaciones oportunas, y los objetivos de igualdad de oportunidades laborales y equidad racial. Los funcionarios encargados de los nombramientos harán todo lo razonablemente posible para notificar adecuadamente a los empleados. La MTA informará periódicamente al CSC sobre el progreso de la notificación anticipada de las próximas oportunidades de empleo para las publicaciones con cinco (5) días o menos de antelación en el sitio web de oportunidades de empleo.

Sec. 410.4 Apelaciones de anuncios de exámenes

Las apelaciones relativas a las disposiciones de un anuncio de examen deben ser recibidas por el Director de Transporte de la MTA o su designado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de emisión. El Director de Transporte de la MTA o su designado resolverá todas las apelaciones y notificará por escrito a los apelantes sobre su decisión. Esta decisión puede ser apelada ante la Comisión, según lo dispuesto en otras secciones de este Reglamento.

Sec. 410.5 Reemisión de anuncios de exámenes

Tras considerar las apelaciones presentadas conforme a estas Reglas, el Director de Transporte de la MTA o su designado podrá reeditar una convocatoria de examen. Una vez reescrita, la convocatoria de examen no será apelable.

Sec. 410.6 Corrección de anuncios de exámenes

El Director de Transporte de la MTA o su designado podrá corregir los anuncios de exámenes por errores de transcripción, erratas o redacción incorrecta, publicando un aviso de dichas correcciones junto al anuncio original. Cuando se corrijan los anuncios de exámenes conforme a las disposiciones de esta sección, no se concederá plazo adicional para protestar o apelar las disposiciones sustantivas contenidas en el anuncio original.

Regla 410

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y solicitantes

Artículo III: Solicitantes

Aplicabilidad: El Artículo III, Regla 410, se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA), excepto aquellas representadas por el Sindicato de Trabajadores del Transporte (TWU), Locales 200 y 250A.

Sec. 410.7 Reclutamiento de solicitantes

El reclutamiento se realizará para atraer a candidatos cualificados y maximizar la diversidad multicultural, étnica y de género de la fuerza laboral de la Ciudad y el Condado de San Francisco. Cuando corresponda o sea necesario, el Director de Transporte de la MTA o su designado implementará programas específicos de divulgación y reclutamiento, incluyendo la colaboración con organizaciones comunitarias, para atraer a miembros cualificados de grupos subrepresentados.

Sec. 410.8 Definición de solicitante

Un solicitante es una persona que ha presentado una solicitud de examen dentro de los plazos o en las condiciones especificadas en el anuncio de examen.

Sec. 410.9 Calificaciones de los solicitantes

410.9.1 Todo aspirante a un examen debe poseer y mantener las cualificaciones exigidas por la ley y por la convocatoria del examen. No se reconocerá la experiencia adquirida en violación del Reglamento de la Comisión. Los empleados de la Ciudad y del Condado en clases de Servicio Crítico en la Agencia Municipal de Transporte recibirán crédito únicamente por las funciones de la clase a la que fueron designados o asignados, a menos que se proporcione documentación suficiente y creíble que verifique el desempeño de otras funciones. Los empleados en clases de Servicio Crítico en la Agencia Municipal de Transporte pueden recibir crédito por funciones que no suelen realizar los titulares de una clase de Servicio Crítico si su expediente laboral contiene documentación contemporánea que acredite la asignación y el desempeño de dichas funciones. A modo de ejemplo, pero no de forma limitativa, los registros que describen y verifican la asignación fuera de clase que pueden aceptarse como documentación incluyen una evaluación de desempeño válida realizada durante el período normal de evaluación, los registros de nómina presentados al momento de la asignación y el Aviso de Asignación. Se acreditarán las funciones en clases de Servicio Crítico en la Agencia Municipal de Transporte que no suelen realizar los titulares de una clase de Servicio Crítico.

Sec. 410.9 Calificaciones de los solicitantes (cont.)

410.9.1 (cont.)

con base en documentación no contemporánea, se requerirá la certificación del Subdirector de Relaciones Laborales y Recursos Humanos de la Agencia Municipal de Transporte y la aprobación del Director de Transporte.

410.9.2 Excepto con el permiso del Director de Transporte de la MTA o su designado, ningún empleado puede participar en un examen de ingreso con un salario inferior al de su clase actual ni para una clase en la que el empleado tenga un nombramiento permanente actual.

Sec. 410.10 Revisión de la demografía del grupo de solicitantes

Cuando exista una subrepresentación de un grupo étnico o de género para una clase o categoría ocupacional específica, el Director de Transporte de la MTA o su designado revisará la composición demográfica étnica y de género del grupo de solicitantes calificados. Si el grupo de solicitantes no refleja la composición demográfica del mercado laboral pertinente, y considerando factores como el número de vacantes previstas y el nivel de subrepresentación, el Director de Transporte de la MTA o su designado podrá tomar las medidas pertinentes, como extender el plazo de presentación de solicitudes, reabrir el examen para la presentación de solicitudes o cancelarlo.

Sec. 410.11 Solicitantes de ascenso

Los solicitantes de exámenes de ascenso o de exámenes combinados de ascenso y admisión deberán cumplir con los requisitos de la convocatoria del examen. Si cumplen los requisitos, los empleados con seis (6) meses consecutivos (1040 horas) de experiencia comprobable en cualquier puesto y tipo de nombramiento se consideran solicitantes de ascenso.

Sec. 410.12 Cambio de domicilio

En todos los casos de cambio de domicilio, se deberá notificar por escrito a la MTA por separado para cada categoría. La notificación de cambio de domicilio únicamente a la Oficina de Correos o al departamento actual del empleado no constituirá una justificación razonable para una consideración especial en caso de no responder a la notificación dentro de los plazos establecidos.

Sec. 410.13 Custodia de solicitudes de examen

Las solicitudes de examen y los documentos justificativos pasan a ser propiedad de la MTA al recibirse. La devolución de dichos documentos requerirá la aprobación del Director de Transporte de la MTA o su designado.

Regla 410

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y solicitantes

Artículo IV: Solicitudes y notificación de exámenes

Aplicabilidad: El Artículo IV, Regla 410, se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA) representada por el Sindicato de Trabajadores del Transporte (TWU), Locales 200 y 250A.

Sec. 410.14 Calificaciones de los solicitantes

410.14.1 Todo aspirante a un examen de ingreso o de ascenso debe poseer y mantener las cualificaciones exigidas por la ley y por la convocatoria del examen al que se postuló. No se reconocerá la experiencia adquirida en contravención del Reglamento de la Comisión. Es responsabilidad del funcionario que realiza el nombramiento y del empleado registrar la experiencia extracurricular, según lo dispuesto en otras disposiciones de este Reglamento.

410.14.2 Salvo autorización del Director de Transporte de la MTA o su designado, ningún empleado podrá participar en un examen de ingreso con un salario inferior al de su clase actual. Ningún empleado podrá participar en un examen para una clase en la que tenga un nombramiento permanente, salvo con la aprobación del Director de Transporte de la MTA o su designado.

Sec. 410.15 Períodos de aplicación

Se considera solicitante a la persona que ha presentado una solicitud de examen dentro de los plazos especificados en la convocatoria del examen al que se presentó. La verificación se realizará mediante la recepción oficial de la hora del MTA o el matasellos. Las convocatorias de examen no se distribuirán una vez finalizado el plazo de presentación.

Sec. 410.16 Períodos mínimos de publicación de anuncios de exámenes

Los anuncios de exámenes se publicarán en el sitio web oficial de oportunidades de empleo de la MTA durante un período mínimo, según lo determine el Director de Transporte de la MTA o su designado, que no será inferior a tres (3) días hábiles. Al establecer este período mínimo, el Director de Transporte de la MTA o su designado considerará, entre otros factores, el número de vacantes, la rotación en la clasificación, la disponibilidad en el mercado laboral, la estabilidad y la fiabilidad de la plataforma de mensajería para el envío y la recepción de notificaciones, el grado de acceso del mercado laboral a los medios para recibir notificaciones oportunas, y los objetivos de igualdad de oportunidades laborales y equidad racial. Los funcionarios encargados de los nombramientos harán todo lo razonablemente posible para notificar adecuadamente a los empleados. La MTA informará periódicamente al CSC sobre...

Sec. 410.16 Períodos mínimos de publicación de anuncios de exámenes (cont.)

progreso de la notificación anticipada de próximas oportunidades de empleo para publicaciones de cinco (5) días o menos en el sitio web de oportunidades de empleo.

Sec. 410.17 Aviso adicional de exámenes de promoción

Las convocatorias de exámenes de ascenso se distribuirán a los departamentos correspondientes. Los responsables de nombramientos emplearán cualquier método de distribución para asegurar que los empleados reciban la debida notificación.

Sec. 410.18 Custodia de la aplicación

Las solicitudes y los documentos justificativos pasan a ser propiedad de la MTA al recibirse. La devolución de dichos documentos requerirá la aprobación del Director de Transporte de la MTA o su designado.

Sec. 410.19 Declaraciones falsas de los solicitantes

Las declaraciones falsas significativas, ya sean intencionales o no, hechas o permitidas por cualquier solicitante en la solicitud o en la entrevista de evaluación de calificaciones serán una buena causa para que el Director de Transporte de la MTA o su designado excluya a dicha persona de cualquier examen, elimine el nombre del solicitante de la lista de elegibles y puede ser una buena causa para la eliminación o el despido del servicio de la Ciudad y el Condado.

Sec. 410.20 Solicitantes de ascenso
Los solicitantes de exámenes de ascenso o de exámenes combinados de ascenso y admisión deberán cumplir con los requisitos de la convocatoria del examen. Si cumplen los requisitos, los empleados con seis (6) meses consecutivos (1040 horas) de experiencia comprobable en cualquier puesto y tipo de nombramiento se consideran solicitantes de ascenso.

Sec. 410.21 Cambio de domicilio

En todos los casos de cambio de domicilio, se deberá notificar por escrito al departamento designado por la MTA por separado para cada clase. La notificación de cambio de domicilio únicamente a la Oficina de Correos o al departamento actual del empleado no constituirá una excusa razonable para una consideración especial en caso de no responder a la notificación dentro de los plazos establecidos.

Sec. 410.22 Corrección de anuncios de exámenes

El Director de Transporte de la MTA o su designado podrá corregir los anuncios de examen por errores de imprenta, errores de redacción o errores administrativos, mediante la publicación de un aviso de dichas correcciones junto al anuncio original. La publicación de anuncios de examen corregidos conforme a las disposiciones de esta sección no otorgará plazo adicional para protestar o apelar las disposiciones sustantivas contenidas en el anuncio original.

Regla 410

Anuncios de exámenes

y solicitantes

Artículo V: Calificaciones de los solicitantes

Aplicabilidad: El Artículo V, Regla 410, se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA) representada por el Sindicato de Trabajadores del Transporte (TWU), Locales 200 y 250A.

Sec. 410.23 Solicitud de examen

Cualquier persona que reúna las calificaciones prescritas por estas Reglas y los términos de la convocatoria de examen podrá presentarse a cualquier examen en las condiciones establecidas por la MTA.

Sec. 410.24 Reclutamiento de candidatos

La MTA anunciará y podrá tomar otros medios apropiados para interesar a los solicitantes adecuados.