Lo que pasó - 12/11/97
Nuevo Reglamento Sección 12.20
(a) Vigente a partir del 12 de noviembre de 1997
Sección 12.20 Desalojos según la Sección 37.9(a)(2)
Obligaciones y pactos impuestos unilateralmente
A los efectos de un desalojo según la Sección 37.9(a)(2) de la Ordenanza, un propietario no intentará recuperar la posesión de una unidad de alquiler debido a la supuesta violación por parte del inquilino de una obligación o convenio del contrato de alquiler, si dicha obligación o convenio fue impuesto unilateralmente por el propietario y no fue aceptado por el inquilino y no se incluyó, o no es materialmente igual a una obligación o convenio en el contrato de alquiler acordado mutuamente por las partes. Lo anterior no se aplicará a: (1) cambios en las obligaciones o convenios que no sean materiales; (2) cambios en las obligaciones o convenios materiales requeridos por la ley o para proteger la salud, la seguridad y el disfrute tranquilo de los ocupantes del edificio o propiedades adyacentes; o (3) cambios materiales que hayan resultado en una disminución sustancial en los servicios de vivienda con respecto al garaje, espacio de almacenamiento o acceso a áreas comunes para los cuales el propietario haya proporcionado una reducción de alquiler proporcional; y (4) aumentos de alquiler u otros cambios en los términos de un contrato de alquiler autorizados según la Ordenanza. Ordenanza y Reglamentos.
El siguiente texto está bajo consideración para la próxima reunión de la Comisión el 25 de noviembre de 1997 a las 5:30 p.m.
Se proponen nuevas secciones 12.20 (b) y 12.21
La falta irrazonable de consentimiento del propietario
A los efectos de un desalojo según la Sección 37.9(a)(2) de la Ordenanza, un propietario no intentará recuperar la posesión de una unidad de alquiler debido a la supuesta violación por parte del inquilino de una obligación o pacto de alquiler que requiere el consentimiento del propietario, si dicho consentimiento fue denegado irrazonablemente.
Sección 12.21 Desalojos según la Sección 37.9(a)(5)
A los efectos de un desalojo según la Sección 37.9(a)(5) de la Ordenanza, un propietario no intentará recuperar la posesión de una unidad de alquiler porque el inquilino se ha negado, después de una solicitud o demanda por escrito del propietario, a aceptar una modificación, enmienda, extensión o renovación del contrato de alquiler existente que contiene un término sustancialmente diferente al contenido en el contrato de alquiler acordado mutuamente por las partes.
seniorshrd/12.20pasó/13/12/97
19/11/97
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