SERVICIO

Denunciar un desalojo injusto

Si cree que lo están desalojando ilegalmente, informe el desalojo a la Junta de Alquiler.

Rent Board

Qué saber

Si un inquilino cree que un desalojo o un intento de desalojo es ilegal, el inquilino puede presentar un Informe de presunto desalojo injusto en un formulario disponible en la Junta de Alquiler.

¿Qué hacer?

2. Adjunte información de respaldo

3. Envíe su formulario

Envíe su formulario por correo electrónico a:

rentboard@sfgov.org
Rent Board25 Van Ness Avenue
Suite #700
San Francisco, CA 94102
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4. ¿Qué sucede a continuación?

La Junta de Alquiler notificará al propietario que el inquilino ha presentado un informe y resumirá los derechos y obligaciones de las partes relacionados con el presunto desalojo.

La Junta de Alquiler solicitará que el propietario proporcione una respuesta por escrito al reclamo del inquilino por desalojo injusto.

Si la denuncia se refiere al acoso por parte del arrendador, como se describe en la Sección 37.10B(a)(1)–(6) y (8)–(14) de la Ordenanza de Alquileres, la Junta de Alquileres ordenará al arrendador que presente una respuesta por escrito en un plazo de siete días. Si el inquilino permanece en la unidad y se alega que el acoso continúa, también se le solicitará al arrendador que presente un plan de cumplimiento.

Posible audiencia de investigación

Después de revisar el informe del inquilino y cualquier respuesta del propietario, la Junta de Alquiler puede programar una audiencia de investigación ante un Juez de Derecho Administrativo (ALJ) solo si se cumplen todos los siguientes criterios:

  • La presunta conducta ocurrió después del 9 de febrero de 2026 y dentro de los 12 meses anteriores a la presentación del informe;
  • La presunta conducta hizo que la unidad fuera inhabitable, continúa contra el inquilino denunciante o refleja un patrón y práctica de acoso basado en quejas de otros inquilinos en el edificio en los últimos 12 meses;
  • Las reclamaciones están respaldadas por documentos y/o testimonio de alguien distinto del inquilino informante;
  • Las reclamaciones no son frívolas; y
  • No existe ningún caso pendiente de desalojo ilícito ni ningún otro caso civil o penal relacionado entre las partes.

Si se programa una audiencia, el ALJ decidirá si hubo acoso y, si el inquilino se mudó, si la mudanza fue causada por el acoso.

Según el Artículo 317 del Código de Planificación, si un Juez Administrativo determina que se produjo acoso y que fue lo suficientemente grave como para afectar significativamente el uso o disfrute de la unidad por parte del inquilino (o, en el caso de un exinquilino, que provocó la desocupación), puede imponer una restricción de cinco años a la emisión de un permiso de demolición. Sin embargo, el Juez Administrativo no puede conceder indemnizaciones, reducciones de alquiler ni ninguna otra compensación económica en este procedimiento.

La presentación de un Informe de presunto desalojo injusto ante la Junta de Alquiler NO retrasa ni impide que el propietario inicie un proceso de desalojo a través de los tribunales.

Se recomienda encarecidamente a los inquilinos que obtengan asesoramiento legal si reciben una notificación de desalojo. Consulte nuestra Hoja de referencia para obtener recursos que puedan brindarle asistencia. 

Etiquetas: Tema 211; Tema 362

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Consejero de la Junta de Alquiler415-252-4600