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Peticiones de inquilinos por transferencia indebida de servicios públicos y aplazamiento de una transferencia de servicios públicos por dificultades económicas
Un inquilino puede presentar una petición ante La Junta del Control de Rentas para impugnar la imposición de un recargo por servicios públicos si el propietario ha aumentado el Rentar del inquilino debido a un incremento en los costos de gas y electricidad, pero no ha presentado una petición ante La Junta del Control de Rentas para la aprobación de dicho recargo o no ha presentado una hoja de cálculo para su cálculo ante La Junta del Control de Rentas. El propietario debe presentar primero una petición o una hoja de cálculo ante la Junta de Alquileres antes de notificar al inquilino el aumento del Rentar por dicho recargo. La petición del inquilino para impugnar un recargo indebido por servicios públicos debe presentarse dentro del plazo de un año a partir de la fecha efectiva; fecha de vigencia del recargo.
Si el arrendador ha presentado una solicitud de repercusión de servicios públicos para su aprobación, La Junta del Control de Rentas enviará por correo una copia de la solicitud al inquilino poco después de su presentación. El inquilino tendrá la oportunidad de presentar objeciones por escrito a la solicitud. Un juez administrativo revisará la solicitud y la resolverá sin audiencia, a menos que determine que se requiere una audiencia. Si la solicitud se aprueba sin audiencia, el arrendador y el inquilino recibirán por correo una resolución escrita que aprueba la repercusión de los servicios públicos. Si se requiere una audiencia, las partes recibirán una notificación por escrito con la fecha y hora de la misma. El inquilino también podrá presentar objeciones a la repercusión de los servicios públicos durante la audiencia, y se emitirá una resolución después de la misma.
Cuando el arrendador haya presentado una Hoja de Cálculo de Repercusión de Servicios Públicos en lugar de una solicitud, lo cual es permisible en algunas circunstancias, deberá entregar al inquilino una copia de la hoja de cálculo, sellada con la fecha de La Junta del Control de Rentas , junto con el aviso de aumento de la repercusión de servicios públicos. La Junta del Control de Rentas Revisar el 10% de todas las hojas de cálculo presentadas para determinar si la repercusión se calculó correctamente. Si la Junta determina que se requiere una audiencia, las partes recibirán un aviso por escrito con la fecha y hora de la misma. Si el arrendador no entrega al inquilino una copia de la hoja de cálculo o si el inquilino considera que el arrendador no calculó correctamente la repercusión de servicios públicos o utilizó un número incorrecto de habitaciones, inquilino presentar una solicitud ante La Junta del Control de Rentas para impugnar la imposición de la repercusión de servicios públicos dentro del plazo de un año a partir de la fecha efectiva; fecha de vigencia de la misma. Se programará una audiencia y el arrendador tendrá la carga de probar que la repercusión de servicios públicos se impuso de conformidad con las normas de La Junta del Control de Rentas .
El cobro de servicios públicos a través del sistema de repercusión de gastos no podrá suspenderse por más de 12 meses. Si dicho cobro no se cancela transcurridos 12 meses, el inquilino podrá presentar una reclamación ante La Junta del Control de Rentas alegando un cobro indebido y solicitando el reembolso de los pagos en exceso. No existe un plazo límite para presentar dicha reclamación.
Si el pago de un cargo por servicios públicos representa una dificultad financiera para un inquilino , este puede solicitar una exención de dicho pago presentando una Solicitud de Dificultades Financieras inquilino inquilino La Junta del Control de Rentas . Esta Solicitud debe presentarse dentro del plazo de un año a partir de la fecha efectiva; fecha de vigencia del cargo por servicios públicos. El inquilino debe esperar a presentar la Solicitud hasta que haya recibido un aviso de aumento de Rentar , una Hoja de Cálculo del Cargo por Servicios Públicos o una decisión La Junta del Control de Rentas . Una vez inquilino la Solicitud, el inquilino no tendrá que pagar el cargo por servicios públicos a menos que La Junta del Control de Rentas emita una decisión final denegando la Solicitud. Si se deniega la Solicitud , el inquilino deberá pagar el cargo por servicios públicos retroactivamente a la fecha indicada en el aviso de aumento de Rentar . Si se aprueba la Solicitud , la exención del pago del cargo por servicios públicos puede ser por tiempo indefinido o por un período limitado, según la naturaleza de la dificultad financiera del inquilino.
Obtenga una copia del formulario de solicitud del inquilino o Visitar el Centro de Formularios en nuestro sitio web. Los formularios también están disponibles en la oficina de la Junta de Rentar .
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