PÁGINA DE INFORMACIÓN
SF ERAP & SOS - Preguntas frecuentes
Obtenga más información sobre los programas de asistencia de alquiler de MOHCD
Preguntas generales
¿Qué son SF ERAP y Season of Sharing y en qué se diferencian?
El Programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia de San Francisco (SF ERAP) es un programa comunitario administrado conjuntamente por la Oficina de Vivienda y Desarrollo Comunitario del Alcalde y el Departamento de Personas sin Hogar y Vivienda de Apoyo, cuyo objetivo es mantener a los inquilinos con mayor riesgo de la ciudad en sus hogares como parte de los esfuerzos de prevención de la falta de vivienda y contra el desplazamiento de la ciudad y el condado de San Francisco.
El programa Temporada de Compartir (SoS) busca asegurar una vivienda estable para los residentes de San Francisco, brindándoles asistencia financiera de emergencia para vivienda u otras necesidades críticas. El programa es administrado por el Ministerio de Salud y Desarrollo Humano (MOHCD) con el apoyo del Fondo Temporada de Compartir . A partir de agosto de 2025, las solicitudes de asistencia para el alquiler de SOS se procesarán a través del portal en línea SF ERAP.
¿Qué tipos de asistencia proporciona SF ERAP?
- Alquiler atrasado acumulado debido a dificultades financieras que han afectado la capacidad del hogar para pagar el alquiler dentro de los 12 meses posteriores a la solicitud de asistencia.
- Dependiendo de la situación, se puede brindar asistencia limitada para el pago del alquiler en el futuro. Comuníquese con un administrador de casos de SF ERAP para confirmar su elegibilidad para recibir asistencia para el pago del alquiler en el futuro.
- Asistencia para mudanza dentro o fuera de San Francisco (depósito de seguridad y/o alquiler del primer mes)
¿Qué tipos de asistencia ofrece Season of Sharing (SoS)?
- Alquiler atrasado acumulado debido a dificultades financieras que han afectado la capacidad del hogar para pagar el alquiler dentro de los 6 meses posteriores a la solicitud de asistencia.
- También se puede proporcionar hasta 1 mes de alquiler futuro dependiendo de la situación.
- Asistencia para mudanza dentro o fuera de San Francisco (depósito de seguridad y/o alquiler del primer mes)
- Asistencia para necesidades básicas, como muebles, pago de facturas de servicios públicos vencidas o equipo médico. Visite la página del programa Temporada de Compartir para obtener más información sobre la asistencia para necesidades básicas.
¿Qué pruebas necesitaré proporcionar a SF ERAP / SoS?
SF ERAP/SoS requiere la verificación de lo siguiente:
- Identificación personal
- Verificación de dónde vive
- Verificación de ingresos del hogar
- Se necesita verificación de alquiler adeudado o asistencia para mudarse
- Prueba de dificultades económicas recientes (si solicita asistencia para el pago del alquiler atrasado)
Obtenga más información sobre los documentos aceptables
¿Qué hago si no tengo toda la documentación requerida?
Por favor, presente su solicitud de asistencia para el alquiler, coordínese con su arrendador/inquilino principal y haga todo lo posible por reunir la mayor cantidad de documentos posible. Esto agilizará el procesamiento de su solicitud. El administrador de casos que se le asigne trabajará con usted para reunir los documentos necesarios.
No he recibido respuesta sobre mi solicitud de asistencia de alquiler, ¿qué debo hacer?
Debido al alto volumen de solicitudes, puede llevar seis semanas o más recibir una respuesta sobre su solicitud. Mientras tanto, asegúrese de tener todos los documentos necesarios . Si seleccionó un proveedor específico de SF ERAP para trabajar con su solicitud, puede comunicarse con él para preguntar sobre el estado de su solicitud. También puede comunicarse con la línea de ayuda de SF ERAP al (415) 653-5744 o help@sferap.org .
¿Cómo se pagará mi alquiler a través de SF ERAP / SoS?
Si se aprueba su solicitud, su arrendador/inquilino principal recibirá un cheque de uno de nuestros proveedores de SF ERAP. Si su arrendador/inquilino principal se niega a participar en el programa, su administrador de casos trabajará con usted para identificar otras formas de brindar asistencia para el alquiler.
Para la Temporada de Compartir, su propietario recibirá un cheque del agente fiscal del programa, Holy Family Day Home.
Preguntas de elegibilidad
¿Quién se considera parte de mi “hogar”?
"Hogar" se refiere a una persona o grupo de personas que viven juntas y dependen de los mismos ingresos o los comparten (independientemente de su estado civil, edad, orientación sexual o identidad de género). Otras personas que viven en el mismo hogar y no comparten ingresos (como compañeros de piso), pero que necesitan ayuda para el alquiler, deben solicitar la ayuda como hogares separados. Tenga en cuenta que "Hogar" incluye a los niños que puedan estar temporalmente fuera del hogar debido a su acogida.
¿Qué pasa si estoy subarrendando mi casa a través de un inquilino principal?
SF ERAP puede ayudarle a cubrir el alquiler atrasado, incluso si es subarrendatario. En esos casos, el pago se realizará directamente al inquilino principal a quien le paga el alquiler o al propietario de la vivienda. Sin embargo, SoS no paga directamente a los inquilinos ni a los inquilinos principales. Su gestor de caso asignado realizará una evaluación completa de su situación.
¿SF ERAP / SoS me preguntará sobre mi estatus migratorio?
No. Se anima a los hogares elegibles a presentar su solicitud, independientemente de su estatus migratorio, y la asistencia no se considera en una determinación de carga pública.
¿Con qué frecuencia puedo solicitar ayuda para el alquiler?
Puede ser elegible para recibir asistencia a través de SF ERAP una vez cada 12 meses (a partir de la fecha de aprobación de su solicitud anterior). Puede ser elegible para recibir asistencia a través de SOS una vez cada 5 años . Tenga en cuenta que SF ERAP y SOS son programas de asistencia de emergencia, no subsidios a largo plazo, y la asistencia no está garantizada.
¿Aún soy elegible para SF ERAP o SOS si recibí asistencia financiera de otro programa?
Es posible que aún sea elegible para recibir asistencia para el alquiler durante los meses que no estén cubiertos por otro programa. El administrador de casos asignado a su solicitud le ayudará a determinar su elegibilidad.
¿Qué hago si necesito ayuda financiera pero no soy elegible para SF ERAP/SoS o he alcanzado el máximo de la ayuda financiera disponible?
Se le recomienda trabajar con nuestros proveedores de SF ERAP en cualquier momento que experimente inestabilidad de ingresos y/o vivienda para ayudarlo a acceder a asistencia adicional, como otros programas de asistencia financiera, servicios legales, servicios de empleo, etc.
Soy propietario y tengo un inquilino que me debe el alquiler. ¿Puedo solicitar ayuda para el alquiler?
Los propietarios no pueden solicitar asistencia con el alquiler de SF ERAP ni SoS en nombre de sus inquilinos. Si tiene un inquilino que necesita ayuda con el alquiler, anímelo a solicitarla en www.sferap.com por sí mismo o con la ayuda de un socio comunitario . Como propietario, puede contactar a la Asociación de Apartamentos de San Francisco o a un profesional neutral, como un mediador del Colegio de Abogados de San Francisco (Programa CIS , al (415) 782-8940 o cis@sfbar.org ) para obtener apoyo adicional.
Preguntas legales
¿Qué hago si he recibido un aviso de desalojo (como un “Aviso de 3 días para pagar o desalojar”)?
Comuníquese con un asesor de inquilinos en cualquiera de las agencias enumeradas en 'Obtenga ayuda de un asesor de inquilinos' en la página de socios comunitarios .
¿Qué hago si he recibido documentos judiciales de desalojo (también conocidos como “detención ilícita”)?
Si ha recibido una orden de desalojo , solo tiene 5 días para presentar una respuesta ante el tribunal. Estos días no incluyen sábados, domingos ni días festivos judiciales. Comuníquese con el Eviction Defense Collaborative (EDC) al (415) 659-9184 o envíe un correo electrónico a legal@evictiondefense.org inmediatamente después de recibir los documentos judiciales.
Es posible que haya asistencia financiera disponible si se encuentra en el tribunal enfrentando un desalojo: comuníquese con EDC para obtener más información.
Soy un inquilino con una deuda de alquiler y mi propietario actual/anterior me va a llevar a un tribunal de reclamos menores o civil para cobrar esta deuda.
Si bien los inquilinos pueden estar protegidos contra el desalojo en ciertas circunstancias, la deuda de alquiler sigue vigente; no se condona. Hable con un abogado de la Clínica de Derechos del Consumidor de Bay Area Legal Aid (se realiza cada segundo y cuarto jueves). Solo con cita previa: llame al (415) 982-1300 para programarla.