INFORME

Regla 402: Definiciones (Comisión de Servicio Civil)

Se aplica a los empleados del MTA "Service-Critical"

Esta regla afecta a los trabajadores de la ciudad que están clasificados como empleados "de servicio crítico" en la Agencia de Transporte Municipal. No se aplica a los empleados de los rangos uniformados de los Departamentos de Policía y Bomberos ni a los empleados "misceláneos". Obtenga más información sobre las otras reglas que se aplican a los empleados "misceláneos".Ver reglas relacionadas

Regla 402

Definiciones

Aplicabilidad: La Regla 402 se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA).

Sec. 402.1 Nombramiento

Sec. 402.2 Funcionario Nombrador

Sec. 402.3 Fecha de nombramiento

Sec. 402.4 Tablón de anuncios/Sitio web de oportunidades de empleo

Sec. 402.5 Fecha de certificación

Sec. 402.6 Carta

Sec. 402.7 Ciudad

Sec. 402.8 Departamento de Servicio Civil

Sec. 402.9 Clase

Sección 402.10 Plan de clasificación

Sec. 402.11 Servicio clasificado

Sec. 402.12 Comisión

Sec. 402.13 Comisionado

Sec. 402.14 Departamento

Sec. 402.15 Departamento de Recursos Humanos

Sec. 402.16 Elegible

Sección 402.17 Lista de elegibles

Sec. 402.18 Desidentificación

Sec. 402.19 Sesión ejecutiva

Sec. 402.20 Director de Recursos Humanos

Sec. 402.21 Despido

Sec. 402.22 Lista cercana

Sec. 402.23 Empleo a tiempo parcial

Sec. 402.24 Posición

Sección 402.25 Publicación

Sec. 402.26 Distritos escolares

Sec. 402.27 Antigüedad

Sec. 402.28 Servicio

Sec. 402.29 Fecha de inicio del trabajo

Sec. 402.30 Períodos de tiempo

Sec. 402.31 Fecha de validación

Regla 402

Definiciones

Aplicabilidad: A menos que se indique lo contrario, la Regla 402 se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA).

A menos que el contexto exija lo contrario, las palabras enumeradas a continuación y tal como se utilizan en estas Reglas tienen los siguientes significados:

Sec. 402.1 Nombramiento

402.1.1 Servicio Civil Permanente

Nombramiento realizado como resultado de una certificación de una lista de elegibles para un puesto permanente o para un puesto declarado permanente.

402.1.2 Probatorio

Estatuto de los empleados públicos durante el período de prueba posterior al nombramiento permanente.

402.1.3 Servicio Civil Temporal

Nombramiento realizado para un puesto temporal como resultado de una certificación de una lista de elegibles.

402.1.4 Provisional

Un nombramiento para un puesto permanente o temporal en ausencia de una persona elegible disponible o en una emergencia que, en cualquier caso, está limitada en el tiempo según lo dispuesto en otra parte de estas Reglas.

402.1.5 Exento

Un nombramiento para un puesto permanente o temporal exento de ser cubierto a partir de una lista de elegibles de conformidad con las disposiciones de las Secciones 10.104 y 8A.104 de la Carta.

Sec. 402.2 Funcionario Nombrador

402.2.1 El jefe de una unidad organizacional que tiene autoridad de designación dentro de la unidad organizacional y los poderes de un jefe de departamento según lo definido por la antigua Sección 3.501 de la Carta promulgada como ordenanza bajo la Sección 18.103 de la Carta y la actual Sección 2A.30 del Código Administrativo.

Sec. 402.2 Funcionario Nombrador (cont.)

402.2.2 Funcionario que designa - MTA

El Director de Transporte de la MTA.

Sec. 402.3 Fecha de nombramiento

402.3.1 La fecha en la que un funcionario designante notifica al Departamento de Recursos Humanos su selección de una lista de elegibles certificada por el Departamento de Recursos Humanos.

402.3.2 Fecha de designación - MTA

La fecha en la que el Director de Transporte de la MTA emite el aviso oficial de la selección de una lista de elegibles.

Sec. 402.4 Tablón de anuncios

Los tableros de anuncios oficiales, así designados, en el Departamento de Servicio Civil, la Agencia de Transporte Municipal (MTA) y el Departamento de Recursos Humanos de la Ciudad, utilizados para publicar exámenes y anuncios públicos de la Comisión, la MTA y el Departamento de Recursos Humanos de la Ciudad.

402.4.1 Sitio web de oportunidades de empleo

Sitio web oficial de oportunidades de empleo de la MTA, así designado, utilizado para publicar exámenes, reclutamientos y anuncios públicos de la MTA.

Sec. 402.5 Fecha de certificación

402.5.1 La fecha en la que el Departamento de Recursos Humanos de la Ciudad notifica a un funcionario designador el nombre de la persona elegible entre las cuales se puede realizar el nombramiento para cubrir un puesto.

402.5.2 Fecha de certificación - MTA

La fecha en la que el Director de Transporte de la MTA o su designado emite un aviso a los elegibles a partir del cual se pueden realizar nombramientos para cubrir un puesto de servicio crítico en la MTA.

Sec. 402.6 Carta

La Carta de la Ciudad y el Condado de San Francisco.

Sec. 402.7 Ciudad

La ciudad y el condado de San Francisco.

Sec. 402.8 Departamento de Servicio Civil

La oficina administrativa de la Comisión bajo la dirección del Director Ejecutivo.

Sec. 402.9 Clase

Un puesto o grupo de puestos para los cuales se puede utilizar un título de trabajo descriptivo común.

402.9.1 Código de trabajo

El término código de trabajo se utiliza dentro del sistema de clasificación de Recursos Humanos de manera intercambiable con el término clase o clasificación del Servicio Civil/Carta.

Sección 402.10 Plan de clasificación

Todas las clases que se han establecido, los procedimientos para mantener el plan y las especificaciones o descripciones de cada una de las clases.

Sec. 402.11 Servicio clasificado

Incluye todos los puestos en el servicio de la Ciudad sujetos a examen competitivo.

Sec. 402.12 Comisión

El órgano administrativo de Comisionados del Servicio Civil facultado para hacer cumplir las disposiciones de la Carta sobre el servicio civil.

Sec. 402.13 Comisionado

Miembro de la Comisión de Servicio Civil de la Ciudad y Condado de San Francisco, designado por el Alcalde.

Sec. 402.14 Departamento

Unidad o unidades organizativas bajo un funcionario designante.

Sec. 402.15 Departamento de Recursos Humanos

El Departamento de toda la Ciudad encargado de desempeñar los deberes y funciones establecidos en la Carta.

Sec. 402.16 Elegible

Una persona que figura en una lista de elegibles.

Sección 402.17 Lista de elegibles

Lista confidencial de nombres de solicitantes que han aprobado un examen de servicio civil, utilizada únicamente con fines de certificación. La información de los solicitantes, incluidos los nombres de los solicitantes incluidos en las listas de candidatos elegibles, no se hará pública, a menos que lo exija la ley; sin embargo, una lista de candidatos elegibles se pondrá a disposición del público para su inspección a pedido una vez que la lista de candidatos elegibles se haya agotado o vencido y se hayan resuelto las derivaciones.

402.17.1 Informe de puntaje del examen de la lista de elegibles

Una lista de puntuaciones por rango de los solicitantes exitosos, sin nombres.

Sec. 402.18 Desidentificación

La desidentificación es el proceso de redactar la información de los candidatos, incluidos nombres, direcciones, escuelas a las que asistieron y otra información de identificación personal para reducir el potencial de sesgos (implícitos o explícitos) en el proceso de examen o selección.

Sec. 402.19 Sesión ejecutiva

Una reunión o parte de una reunión de la Comisión celebrada legalmente en privado o con exclusión del público en general.

Sec. 402.20 Director de Recursos Humanos

Director del Departamento de Recursos Humanos de la Ciudad.

Sec. 402.21 Despido

Separación de un puesto por razones económicas, falta de fondos o falta de trabajo.

Sec. 402.22 Lista cercana

Una lista de elegibles o una lista de remanentes en una clase similarmente relacionada con una clase para la cual no existe una lista de elegibles de la cual el Director de Recursos Humanos de la Ciudad o el Director de Transporte de la MTA pueda autorizar la certificación de elegibles para un nombramiento temporal en el servicio civil.

Sec. 402.23 Empleo a tiempo parcial

El empleo a tiempo parcial es un nombramiento programado regularmente, menos que el de tiempo completo, permanente o temporal para un puesto permanente o temporal.

Sec. 402.24 Posición

Deberes y responsabilidades asignados por un funcionario designante para ser realizados por un empleado.

402.24.1 Permanent

Conjunto de funciones, independientemente de la fuente y la naturaleza de los fondos, desempeñadas por una persona y que representan el trabajo continuo de la ciudad y el condado. Dichos puestos pueden ser:

1) enumerados en la Ordenanza de Salarios Anuales para los cuales se han previsto fondos de manera continua; o

2) un puesto declarado como permanente por acción del Director de Recursos Humanos de la Ciudad o el Director de Transporte de la MTA.

402.24.2 Temporal

Un puesto en el que los deberes y responsabilidades existen por una duración máxima de 1040 horas, excepto en el caso de un proyecto especial, definido en otra parte de estas Reglas, por una duración máxima de 2080 horas.

402.24.3 Tiempo parcial

Puestos inferiores al horario normal establecido de tiempo completo de horas por día o días por semana.

402.24.4 Exento

Puestos temporales o permanentes excluidos de los procedimientos de contratación y remoción del servicio civil de conformidad con las disposiciones de la Sección 8A.104 o 10.104 de la Carta.

402.24.5 Solo período escolar

Los puestos en los Distritos Escolares se establecen únicamente para los períodos escolares.

402.24.6 Según sea necesario

Un nombramiento temporal o provisional en un horario de trabajo de tiempo completo o tiempo parcial en contra de una requisición temporal designada según sea necesario para cubrir cargas de trabajo pico, cargas de trabajo adicionales de emergencia, relevo necesario y otras situaciones que involucran un personal fluctuante.

Sección 402.25 Publicación

Colocar en el Tablón de Anuncios oficial o publicar en el sitio web de oportunidades de empleo.

Sec. 402.26 Distritos escolares

Distrito Escolar Unificado de San Francisco y Distrito de Colegios Comunitarios de San Francisco.

Sec. 402.27 Antigüedad

402.27.1 Servicio Civil - Permanente

La antigüedad permanente se determinará por la fecha de nombramiento del empleado después de la certificación de una lista de elegibles para un puesto permanente en una clase en un departamento. En caso de fechas idénticas, la antigüedad se determinará por el rango en la lista de elegibles, siendo el elegible más alto el de mayor antigüedad. Los empleados que renuncien o sean despedidos y posteriormente sean recontratados tendrán su antigüedad determinada por su nueva fecha de nombramiento después de la certificación de la recontratación para un puesto en una clase después de la separación.

402.27.2 Servicio civil - Temporal (de la lista de elegibles)

La antigüedad se determinará por la fecha de nombramiento del empleado, posterior a la certificación de una lista de elegibles para un puesto temporal en una clase de un departamento. En caso de fechas idénticas, la antigüedad se determinará por el rango en la lista de elegibles, siendo el elegible más alto el de mayor antigüedad.

La antigüedad se determinará por la fecha en que el designado comience a trabajar en un puesto de una clase en un departamento con carácter de titularidad limitada. La antigüedad en caso de empate la determinará el funcionario que haya realizado el nombramiento.

402.27.4 Departamental

La antigüedad para los turnos y asignaciones de trabajo, el calendario de vacaciones o días festivos es determinado por el funcionario designante y no está dentro de la autoridad de la Comisión de Servicio Civil.

Sec. 402.27 Antigüedad (cont.)

402.27.5 Antigüedad en toda la ciudad

1) Antigüedad en toda la ciudad antes del 1 de julio de 2024

La antigüedad en toda la ciudad está determinada por la fecha de certificación de los designados para una clase específica.

2) Antigüedad en toda la ciudad a partir del 1 de julio de 2024

La antigüedad en toda la ciudad se determina por la fecha de nombramiento para los designados a una clase específica a partir de entonces.

3) Vínculos de antigüedad

En caso de empate en la antigüedad, la antigüedad se determinará según lo definido en otra parte del Reglamento sobre Despido.

Sec. 402.28 Servicio

El servicio gubernamental de la Ciudad y el Condado de San Francisco, incluidos los puestos clasificados en los distritos escolares.

Sec. 402.29 Fecha de inicio del trabajo

La fecha en la que una persona designada aparece por primera vez en la lista de tiempo como trabajando.

Sec. 402.30 Períodos de tiempo

Las referencias a períodos de tiempo, como una semana o un mes, etc., se referirán a días calendario, a menos que la Regla se refiera específicamente a días hábiles.

Sec. 402.31 Fecha de validación

La fecha en la que el Departamento de Recursos Humanos de la Ciudad notifica a un funcionario designante que ha aprobado un nombramiento o el Director de Transporte de la MTA/Designado emite un aviso de haber aprobado un nombramiento.

Versión impresa

MTA Rule 402

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