INFORME
1609(b)(12) Acuerdo de paz laboral
Puede enviar comentarios o argumentos por escrito relacionados con las normas propuestas durante el período de comentarios enviando un correo electrónico a officeofcannabis@sfgov.org. También puede enviar comentarios por correo postal o en persona a:
Oficina del Cannabis
49 South Van Ness, Suite 660
San Francisco, CA 94103
La siguiente reglamentación propuesta se aplica a la implementación de la Sección 1609(b)(12)
Normas
- Durante el proceso de solicitud, el Solicitante deberá proporcionar a la OOC un número estimado de empleados.
- Si el Solicitante tiene, o estima que su operación tendrá, 10 o más empleados se aplicará lo siguiente:
- Antes de recibir un Permiso Comercial de Cannabis final, el solicitante deberá certificar que ha firmado un Acuerdo de Paz Laboral y que mantendrá y cumplirá dicho Acuerdo durante la vigencia del mismo.
- El Solicitante deberá proporcionar a la Oficina de Cannabis (OOC) una copia del Acuerdo, y al momento de la presentación, el Acuerdo deberá estar firmado por el Solicitante y un representante de la Organización Laboral de Buena Fe, y notariado.
- Si un Solicitante no tiene, o no anticipa razonablemente que tendrá, 10 o más empleados al momento de la solicitud, se aplicará lo siguiente:
- El Solicitante no está obligado a presentar un acuerdo al momento de la solicitud, sin embargo, si el Solicitante agrega empleados después de la fecha de presentación de la solicitud y el número total de empleados aumenta a 10 o más, el Solicitante debe celebrar y presentar a la OOC un Acuerdo dentro de los 10 días hábiles a partir de la fecha en que el Solicitante contrate al décimo empleado.
- El Acuerdo presentado deberá estar firmado por el Solicitante y un representante de la Organización Laboral de Buena Fe, y notariado.
- Si el Solicitante tiene, o estima que su operación tendrá, 10 o más empleados se aplicará lo siguiente:
- Para efectos de calcular los empleados, se considera que un Solicitante tiene 10 o más empleados si el Solicitante tiene la intención de tener en nómina a 10 o más personas en cualquier momento dado en un año de permiso, independientemente de su condición de tiempo parcial o completo, y sin importar si esos 10 empleados también trabajarán en ubicaciones separadas del Negocio de Cannabis.
- Nada restringirá a un Solicitante de celebrar más de un Acuerdo de Paz Laboral, siempre que el Solicitante tenga al menos un acuerdo firmado y notariado vigente durante la vigencia de su permiso.
- Todos los acuerdos adicionales celebrados por el Solicitante deberán presentarse a la OOC dentro de los 10 días de ser firmados y certificados ante notario.
- Un Acuerdo no podrá ser alterado excepto mediante una enmienda escrita firmada por el Solicitante y un representante de la Organización Laboral de Buena Fe, y certificada ante notario.
- Dentro de los 10 días hábiles siguientes a una enmienda a un Acuerdo, el Solicitante debe notificar a la OOC sobre cualquier cambio material al Acuerdo y volver a enviar el acuerdo enmendado firmado y notariado a la OOC.
- El incumplimiento de estas reglas constituye una violación del Artículo 16 y, por lo tanto, está sujeto a los términos del Código de Policía, Artículo 16, Secciones 1631 a 1633.
Fecha de inicio del período de comentarios
10 de abril de 2018
Fecha de finalización del período de comentarios
24 de abril de 2018