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Exclusión voluntaria de la Ordenanza de alquileres para inquilinos en determinadas unidades reguladas
La siguiente información solo se aplica a los inquilinos que se mudaron a una unidad regulada antes de que el propietario haya solicitado u obtenido créditos fiscales federales para viviendas de bajos ingresos o bonos de ingresos multifamiliares exentos de impuestos Y que aún se encuentran bajo la Ordenanza de Alquileres. NO se aplica a ningún otro inquilino ni unidad.
Si bien la Ordenanza de alquileres generalmente no se aplica a las unidades que están sujetas a otro programa gubernamental que regula los alquileres, los inquilinos que se mudaron antes de que un propietario solicitara u obtuviera créditos fiscales federales para viviendas de bajos ingresos o bonos de ingresos multifamiliares exentos de impuestos pueden permanecer bajo la Ordenanza de alquileres. Si los inquilinos de una unidad de este tipo ya no desean estar sujetos a la Ordenanza de alquileres, pueden completar este formulario y "excluirse". La unidad quedará entonces completamente exenta de la Ordenanza de alquileres como una "unidad regulada" y el propietario puede fijar el alquiler según el programa gubernamental correspondiente. Tenga en cuenta que una vez que se envía este formulario, NO se puede retirar.
De conformidad con la Sección 37.2(r)(4)(C) de la Ordenanza sobre alquileres, la Ordenanza sobre alquileres de San Francisco puede seguir aplicándose a las unidades en edificios en los que el propietario haya solicitado u obtenido créditos fiscales federales para viviendas de bajos ingresos (“LIHTC”) o bonos de ingresos multifamiliares exentos de impuestos. Los inquilinos de dichos edificios pueden estar bajo la jurisdicción de la Ordenanza sobre alquileres de San Francisco.
Los inquilinos tienen la opción única de renunciar a sus derechos y obligaciones en virtud de la ordenanza local sobre alquileres y someter la unidad a las restricciones que se aplican en virtud del crédito fiscal para viviendas de bajos ingresos o del acuerdo regulatorio de bonos correspondiente. Un inquilino tiene derecho a no dar su consentimiento a la opción de renunciar a sus derechos y obligaciones. Completar este formulario solo es necesario si uno acepta renunciar a las regulaciones de la ordenanza local sobre alquileres.
El inquilino puede optar por consultar con un abogado o una organización de derechos de los inquilinos antes de decidir si completar el formulario de exclusión voluntaria. Las organizaciones de derechos de los inquilinos y su información de contacto se pueden encontrar en la Lista de referencias de la Junta de alquileres .
Todos los inquilinos que residan en la unidad en el momento de la renuncia deben dar su consentimiento por escrito. Deben escribir y firmar su nombre en la página 5 de este documento.
Una vez enviado un formulario de exclusión voluntaria, NO se puede retirar.
Una vez que se haya producido una exclusión voluntaria en una unidad, la Ordenanza sobre alquileres de San Francisco no se aplicará a esa unidad. La unidad estará exenta de la Ordenanza sobre alquileres de San Francisco durante el período restante de vigencia del acuerdo o acuerdos regulatorios aplicables.
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Si necesita este formulario, puede comunicarse con la Junta de Alquiler de San Francisco al (415) 252-4600 para solicitar una copia del Formulario de opción de exclusión voluntaria 1010.
Si bien la Junta de Alquiler puede proporcionar el formulario a los inquilinos correspondientes, no hacemos recomendaciones sobre si un inquilino en particular debe firmar el formulario o no.