SERVICIO

Apelación de la Revisión de Decisiones de la Agencia Municipal de Transporte

Board of Supervisors

Qué saber

La Junta de Supervisores podrá revisar la Decisión Final de la Agencia Municipal de Transporte de San Francisco (SFMTA). Estos párrafos se redactaron para resumir el proceso. Se incluyen más detalles en el Código de Transporte, Sección 10.1 . En caso de conflicto entre estos párrafos y el Código de Transporte, prevalecerán las disposiciones del Código de Transporte.

¿Qué hacer?

¿Quién puede presentar una apelación?

Cualquier miembro del público, con la anuencia de cinco miembros de la Junta de Supervisores. Se podrán presentar solicitudes de revisión respecto de lo siguiente:

  1. Instalar o quitar una señal de pare;
  2. La creación o eliminación de una zona de estacionamiento preferencial, de conformidad con el Código de Vehículos, Secciones 22507 o 22507.1;
  3. La creación o eliminación de una zona de parquímetros;
  4. Adoptar una limitación en el período de tiempo durante el cual un vehículo puede estar estacionado;
  5. Crear o eliminar una ciclovía o ruta para bicicletas de clase III;
  6. Crear un programa piloto o temporal que involucre los puntos 1 a 5 anteriores, o continuar o modificar sustancialmente, según se define en el Código de Transporte, Sección 10.1(a), un programa piloto o temporal que involucre los puntos 1 a 5 anteriores de manera permanente;
  7. Crear o modificar sustancialmente, según se define en el Código de Transporte, Sección 10.1(a), un programa de transporte privado que puede crear o eliminar una zona de estacionamiento preferencial, o limitar el período de tiempo durante el cual un vehículo puede estacionarse para dar cabida a un servicio de transporte privado.
  8. Implementación de un proyecto de Autobús de Tránsito Rápido que autoriza el acceso preferencial a cualquier parte de la calle, excepto a las zonas de carga comercial, a cualquier vehículo que no sea un vehículo del Ferrocarril Municipal, taxi, vehículo de emergencia autorizado o vehículo de tránsito Golden Gate.
    Código de Transporte, Sección 10.1(a)

Fecha límite de presentación:

El formulario completo proporcionado por la Oficina del Secretario de la Junta solicitando una audiencia ante la Junta de Supervisores deberá presentarse a más tardar 30 días después de la fecha de la Decisión Final de la SFMTA de la Junta Directiva de la SFMTA, o la decisión escrita del Ingeniero de Tránsito de la Ciudad o el Director de Transporte.
Código de Transporte, Sección 10.1(b)(2)

Qué presentar:

Lo siguiente deberá presentarse ante el Secretario de la Junta de Supervisores:

(1 original y 2 copias impresas)

  1. El formulario de apelación requerido (firmado por el apelante/agente autorizado y cinco miembros de la Junta de Supervisores) se puede obtener en la Oficina del Secretario de la Junta de Supervisores (adjunto);
  2. Una copia de la Decisión Final de la SFMTA;
  3. Cualquier documentación que deba incluirse como evidencia para respaldar su solicitud de revisión;
  4. Tarifa de apelación de $250, pagadera a la Oficina del Secretario de la Junta de Supervisores.
    Código de Transporte, Sección 10.1(b)(3)

NOTA: Dicha presentación puede realizarse por medios electrónicos. Todo material se convertirá en registro público; por lo tanto, si se incluye información privada, el apelante es responsable de omitirla antes de su presentación.

Dónde presentar la solicitud:

Secretario de la Junta de Supervisores
1 Dr. Carlton B. Goodlett Place, Sala 244
San Francisco, CA 94102

Aceptación condicional:

Tras la presentación, el Secretario aceptará la apelación, siempre que se determine que se presentó oportunamente y cumple con los requisitos de presentación. Código de Transporte, Sección 10.1(c)(1)

Fecha de la audiencia:

El Secretario programará una audiencia de apelación en una reunión regular de la Junta de Supervisores en pleno no menos de 15 días después de la fecha de presentación.
Código de Transporte, Sección 10.1(c)(1)

Aviso de audiencia:

El Secretario informará al apelante la fecha y hora de la audiencia después del cierre del período de presentación de apelaciones.

El Secretario enviará notificaciones a cualquier persona que haya presentado una solicitud de revisión y a las personas que previamente hayan solicitado dicha notificación por escrito no menos de 10 días antes de la fecha en que la Junta esté programada para escuchar la apelación.

Código de Transporte, Sección 10.1(d)

Pasos del procedimiento:

El apelante podrá presentar materiales escritos al Secretario de la Junta a más tardar al mediodía, 11 días antes de la audiencia.

Decisión:

La Junta, por mayoría de votos de todos sus miembros, puede afirmar o revocar la Decisión Final de la SFMTA de la Junta Directiva de la SFMTA, o la decisión escrita del Ingeniero de Tránsito de la Ciudad o del Director de Transporte.
Código de Transporte, Sección 10.1(e)

Si la Junta no aprueba o revoca la Decisión Final de la SFMTA dentro de los 60 días a partir de la fecha de presentación de la Solicitud de Revisión, la Decisión Final de la SFMTA se considerará aprobada.

Código de Transporte, Sección 10.1(e)

Continuaciones:

Sólo la Junta de Supervisores (no el Secretario de la Junta) puede continuar o conceder una solicitud escrita de continuación de la audiencia de apelación.

El apelante y el patrocinador del proyecto deberán presentar una solicitud escrita, con antelación, para que la Junta la considere.

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Teléfono

Oficina del Secretario de la Junta de Supervisores415-554-5184