INFORME
Regla 421: Despido (Comisión de Servicio Civil)
Se aplica a los empleados del MTA "Service-Critical"
Esta regla afecta a los trabajadores de la ciudad que están clasificados como empleados "de servicio crítico" en la Agencia de Transporte Municipal. No se aplica a los empleados de los rangos uniformados de los Departamentos de Policía y Bomberos ni a los empleados "misceláneos". Obtenga más información sobre las otras reglas que se aplican a los empleados "misceláneos".Ver reglas relacionadas
Regla 421
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Aplicabilidad: Regla 421 deber se aplican a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA), excepto que las disposiciones de la Regla 421 pueden ser reemplazadas total o parcialmente por el convenio colectivo de trabajo para aquellos empleados sujetos a la Sección 8.409 de la Carta. Sin embargo, todas las definiciones de esta Regla son aplicables a los empleados de todas las clases.
Artículo I Reglas prescritas - Autoridad
Artículo II Antigüedad
Artículo III Orden de despido
Artículo IV Despido - Nombramientos provisionales y temporales
Artículo V Despido - Personal designado en período de prueba
Artículo VI Despido - Personal designado permanente
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Artículo I: Reglas prescritas - Autoridad
Aplicabilidad: Regla 421 deber se aplican a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA), excepto que las disposiciones de la Regla 421 pueden ser reemplazadas total o parcialmente por el convenio colectivo de trabajo para aquellos empleados sujetos a la Sección 8.409 de la Carta. Sin embargo, todas las definiciones de esta Regla son aplicables a los empleados de todas las clases.
Sección 421.1 Reglas prescritas - Autoridad
421.1.1 Bajo la autoridad de la Sección 10.101 de la Carta de la Ciudad y el Condado de San Francisco, la Comisión de Servicio Civil de la Ciudad y el Condado de San Francisco prescribe y adopta la siguiente Regla que tendrá fuerza y efecto de ley.
421.1.2 El Director de Transporte de la MTA o su designado será responsable de administrar y hacer efectivas las disposiciones de esta Regla y de establecer los controles administrativos que sean necesarios.
421.1.3 En todos los asuntos relacionados con la interpretación de esta Regla, la decisión de la Comisión será definitiva.
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Artículo II: Antigüedad
Aplicabilidad: Regla 421 deber se aplican a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA), excepto que las disposiciones de la Regla 421 pueden ser reemplazadas total o parcialmente por el convenio colectivo de trabajo para aquellos empleados sujetos a la Sección 8.409 de la Carta. Sin embargo, todas las definiciones de esta Regla son aplicables a los empleados de todas las clases.
Sección 421.2 Determinación de la antigüedad
421.2.1 Salvo que se disponga lo contrario en esta Regla, la antigüedad se determinará de la siguiente manera:
1) Permanent
La antigüedad de los designados permanentes se determinará por la fecha de nombramiento permanente posterior a la certificación para un puesto en una clase en un departamento. La antigüedad de los designados a quienes se les otorgó estatus o permanencia permanente en una clase se determinará por la fecha de antigüedad en toda la ciudad, tal como se define en estas Reglas, en la clase a la que se le otorgó estatus o permanencia permanente.
2) Temporal de la lista de elegibles
La antigüedad de los empleados temporales designados de una lista de elegibles se determinará por la fecha de antigüedad en toda la ciudad según se define en estas Reglas a partir de la certificación que resultó en un nombramiento temporal para un puesto en una clase en un departamento.
421.2.2 Excluyendo la licencia involuntaria prevista en otras partes de esta Regla, la antigüedad no se verá afectada ni reducida por períodos actuales o anteriores de licencia autorizada o reducción autorizada de horarios de trabajo.
421.2.3 Para calcular la antigüedad permanente en una clase, la antigüedad temporal en la misma clase no se sumará a la antigüedad permanente en una clase.
421.2.4 Para calcular la antigüedad temporal en una clase, se sumará la antigüedad permanente en la misma clase a la antigüedad temporal en una clase.
421.2.5 La antigüedad adquirida en un programa de aprendizaje artesanal reconocido por la Ciudad y el Condado se agregará a la antigüedad en la clase de nivel oficial.
Sección 421.3 Empate en las puntuaciones de antigüedad
421.3.1 En caso de empate, la antigüedad de los funcionarios designados para el servicio civil se determinará por el rango en la lista de elegibles. Para determinar el rango, las listas de elegibles anteriores tienen prioridad sobre las listas de elegibles posteriores y las listas de ascenso tienen prioridad absoluta sobre las listas de ingreso.
421.3.2 En caso de empate en el rango entre los designados de las listas de elegibles adoptadas el 6 de diciembre de 1991 o después, se utilizarán los métodos que se indican a continuación para determinar la antigüedad en el siguiente orden de prioridad hasta que se deshaga el empate. En primer lugar, el designado con el servicio continuo más largo en la clase bajo un nombramiento de servicio civil permanente, independientemente del departamento, se clasificará por encima de los designados con menor servicio en la clase; luego, el designado con el servicio continuo más largo en toda la ciudad bajo un nombramiento de servicio civil permanente, independientemente de la clase, se clasificará por encima de los designados con menor servicio en toda la ciudad; finalmente, si el empate no se ha desempatado por los métodos anteriores, se resolverá por sorteo en la forma prescrita por el Director de Transporte de la MTA/Designado y se llevará a cabo bajo la supervisión del Director de Transporte de la MTA/Designado. La decisión del Director de Transporte de la MTA/Designado será definitiva y no será reconsiderada por la Comisión. En ningún caso se incluirá el servicio anterior a la renuncia y reelección o al despido y reempleo para determinar la duración del servicio a los efectos de esta sección.
Sección 421.4 Establecimiento y verificación del cuadro de antigüedad
421.4.1 Cuando un despido sea inminente, el Director de Transporte de la MTA/su designado deberá notificar al Departamento de Recursos Humanos de la Ciudad sobre la clase o clases afectadas.
421.4.2 Si lo solicita el Director de Recursos Humanos de la Ciudad, el Director de Transporte de la MTA/designado deberá proporcionar una lista de antigüedad que incluya, entre otros, el nombre, el estado, la fecha de antigüedad en toda la ciudad y el rango en la lista de elegibles de todos los empleados en las clases afectadas y la cantidad de dichos empleados que serán despedidos.
421.4.3 El Director de Recursos Humanos de la Ciudad deberá validar los nombres proporcionados por el Director de Transporte de la MTA/designado de aquellos empleados que serán despedidos.
421.4.4 Siempre que sea posible, el Director de Transporte de la MTA o su designado debe notificar a los empleados afectados con suficiente anticipación sobre un despido.
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Artículo III: Orden de despido
Aplicabilidad: Regla 421 deber se aplican a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA), excepto que las disposiciones de la Regla 421 pueden ser reemplazadas total o parcialmente por el convenio colectivo de trabajo para aquellos empleados sujetos a la Sección 8.409 de la Carta. Sin embargo, todas las definiciones de esta Regla son aplicables a los empleados de todas las clases.
Sección 421.5 Orden de despido
Salvo que se disponga lo contrario en esta Regla, el despido de empleados se realizará por orden inverso de antigüedad en una clase y departamento en el siguiente orden de prioridad absoluta:
421.5.1 Provisional
421.5.2 Temporal de la lista de elegibles
421.5.3 Probatorio
421.5.4 Permanent
Sección 421.6 Excepciones a la orden de despido
421.6.1 Los empleados provisionales que hayan calificado para sus puestos como resultado de cumplir con criterios específicos de contratación y que sean designados conforme a pautas de financiación específicas que limitan la duración del empleo serán despedidos al final de su mandato designado sin efecto sobre ningún otro empleado.
421.6.2 Las personas designadas para puestos que requieran calificaciones o habilidades especiales serán despedidas cuando se complete el trabajo que requiere dichas calificaciones o habilidades especiales, siempre que dichas personas designadas tengan derecho a continuar el empleo dentro de su clase en puestos donde no se requieren calificaciones o habilidades especiales si su nombre ha sido alcanzado para la certificación a un puesto regular.
421.6.3 En caso de despido, una persona designada para un puesto que requiera calificaciones o habilidades especiales, según lo aprobado por el Director de Transporte de la MTA o su designado, continuará en el puesto a menos que un empleado de mayor antigüedad o un empleado remanente de la clase en la que se produce el despido posea las mismas calificaciones y habilidades. El Director de Transporte de la MTA o su designado puede administrar las pruebas que considere necesarias para determinar la posesión de calificaciones y habilidades especiales.
421.6.4 Todas las excepciones a la orden de despido requerirán la aprobación expresa del Director de Transporte de la MTA o su designado.
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Artículo IV: Despido - Nombramientos provisionales y temporales
Aplicabilidad: Regla 421 deber se aplican a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA), excepto que las disposiciones de la Regla 421 pueden ser reemplazadas total o parcialmente por el convenio colectivo de trabajo para aquellos empleados sujetos a la Sección 8.409 de la Carta. Sin embargo, todas las definiciones de esta Regla son aplicables a los empleados de todas las clases.
Sección 421.7 Despido - Nombramientos provisionales
Salvo que se disponga lo contrario, los designados provisionales serán despedidos a discreción del Director de Transporte de la MTA o su designado; excepto que los empleados provisionales que ingresen serán despedidos antes del despido de cualquier designado provisional que se promueva en la misma clase. Los designados provisionales que tengan un estatus permanente en otra clase y que sean despedidos volverán a sus puestos permanentes.
Sección 421.8 Designados temporales de la lista de elegibles
421.8.1 El orden de despido de los designados temporales se realizará por clase dentro de un departamento, en orden inverso a la antigüedad, excepto si un designado temporal de mayor antigüedad opta por ser despedido. En caso de conflicto, tendrá preferencia el designado temporal con mayor antigüedad.
421.8.2 Los nombres de los designados temporales que sean despedidos se devolverán a las listas de elegibles de donde fueron designados para una certificación adicional si dichas listas aún existen.
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Artículo V: Despido - Personal designado en período de prueba
Aplicabilidad: Regla 421 deber se aplican a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA), excepto que las disposiciones de la Regla 421 pueden ser reemplazadas total o parcialmente por el convenio colectivo de trabajo para aquellos empleados sujetos a la Sección 8.409 de la Carta. Sin embargo, todas las definiciones de esta Regla son aplicables a los empleados de todas las clases.
Sección 421.9 Despido - Personal designado en período de prueba
421.9.1 Los designados en período de prueba serán despedidos en orden inverso a la fecha de antigüedad en toda la ciudad, según se define en estas Reglas, excepto si un designado en período de prueba o permanente de mayor antigüedad decide ser despedido. En caso de conflicto, el designado en período de prueba o permanente con mayor antigüedad tendrá preferencia.
421.9.2 Como se establece en otras partes de estas Reglas, un designado a prueba, independientemente de su antigüedad, puede desplazar a cualquier designado temporal, incluido el exento a tiempo parcial, en la misma clase en cualquier departamento.
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Artículo VI: Despido - Personal permanente
Aplicabilidad: Regla 421 deber se aplican a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA), excepto que las disposiciones de la Regla 421 pueden ser reemplazadas total o parcialmente por el convenio colectivo de trabajo para aquellos empleados sujetos a la Sección 8.409 de la Carta. Sin embargo, todas las definiciones de esta Regla son aplicables a los empleados de todas las clases.
Sección 421.10 Despido - Personal designado permanente
421.10.1 La destitución de los funcionarios permanentes se realizará por clase en un departamento en orden inverso a la antigüedad, salvo que un funcionario permanente de mayor antigüedad opte por ser despedido. En caso de conflicto, tendrá preferencia el funcionario permanente de mayor antigüedad.
421.10.2 El despido se tratará por separado bajo cada funcionario designante, excepto que los empleados permanentes y en prueba pueden desplazar a otros empleados permanentes o en prueba de la misma clase con menos antigüedad en cualquier departamento.
Sección 421.11 Reincorporación a la cita de ingreso
Un empleado despedido de un nombramiento de ingreso deberá ser:
421.11.1 Se le reintegrará a un puesto en una clase y departamento que el empleado ocupaba de manera permanente inmediatamente antes de su nombramiento en la clase de la que fue despedido. De ser necesario, se procederá a despidos en las clases afectadas;
421.11.2 o, según lo indique el Director de Recursos Humanos de la Ciudad, designado en orden de antigüedad para un puesto no ocupado por un empleado permanente en cualquier otro departamento de la ciudad en la clase ocupada de manera permanente inmediatamente antes del nombramiento en la clase de la cual fue despedido;
421.11.3 o, si se agotan las opciones 1 y 2 o si el empleado no tenía un estatus permanente antes de la designación en la clase de la que fue despedido; el empleado, sujeto a la aprobación de la Comisión, puede ser designado para un puesto en una clase similarmente relacionada con la clase de la que se produjo el despido, siempre que dicha acción no afecte negativamente a un titular certificado de una lista de elegibles. El Director de Recursos Humanos de la Ciudad designará clases entre departamentos y recomendará dichas clases a la Comisión. El Director de Transporte de la MTA/Designado hará dichas designaciones y recomendaciones para las clases dentro de la MTA.
Sección 421.12 Requisito para el período de prueba
La reincorporación a un puesto distinto del puesto en la clase y departamento en el que estaba empleado de forma permanente inmediatamente antes del nombramiento en la clase de la que fue despedido requerirá que el designado cumpla un nuevo período de prueba.
Sección 421.13 Fecha de antigüedad en el momento de la reinstalación
421.13.1 Los empleados que sean reintegrados a un puesto que ocupaban de manera permanente inmediatamente antes de su nombramiento en la clase de la que fueron despedidos deberán regresar con su fecha de antigüedad en toda la ciudad según se define en estas Reglas en la clase.
421.13.2 Los empleados que sean reintegrados a un puesto en el que no hayan tenido servicio permanente previo tendrán antigüedad calculada desde la fecha de antigüedad en toda la ciudad según se define en estas Reglas hasta la clase de la que fueron despedidos.
Sección 421.14 Despido - Designaciones promocionales
Un empleado despedido de un nombramiento de promoción deberá ser:
421.14.1 Se le reintegrará a un puesto en la clase y departamento de donde fue promovido. De ser necesario, se procederá a despidos en las clases afectadas;
421.14.2 O, según lo indique el Director de Recursos Humanos de la Ciudad, designado en orden de rango de antigüedad en toda la ciudad según se define en estas Reglas en la clase a un puesto no ocupado por un designado permanente en la clase desde la cual fue promovido en cualquier otro departamento de la ciudad;
421.14.3 O, si se agotan las opciones 1 y 2, el empleado, sujeto a la aprobación de la Comisión, puede ser designado para un puesto en una clase similarmente relacionada con la clase de la que se produjo el despido o para una clase de rango inferior adecuada, siempre que dicha acción no afecte negativamente a los titulares permanentes. El Director de Recursos Humanos de la Ciudad designará clases entre departamentos y recomendará dichas clases a la Comisión. El Director/Designado de la MTA hará dichas designaciones y recomendaciones para las clases dentro de la MTA.
421.14.4 Un empleado que haya completado el período de prueba en un nombramiento de promoción que esté dos o más escalones más arriba en una serie ocupacional que el puesto permanente del cual fue promovido puede ser devuelto a un puesto en el servicio de la Ciudad y el Condado en los rangos inmediatamente inferiores. De ser necesario, se procederá a despidos en las clases afectadas.
Sección 421.14 Despido - Designaciones promocionales (cont.)
421.14.5 Para los fines de esta sección, la antigüedad en la clase o clases intermedias se calculará a partir de la fecha de antigüedad en toda la ciudad según se define en estas Reglas en la clase superior o en una clase designada por el Director de Recursos Humanos de la Ciudad o el Director de Transporte de la MTA/Designado como similarmente relacionada con la clase intermedia.
421.14.6 Si el empleado despedido es el empleado de menor antigüedad en el rango intermedio, el empleado será colocado en la lista de retención para dicho rango intermedio y será restituido a la clase desde la que fue promovido.
421.14.7 Los empleados que reciben un ascenso y no desean ser reincorporados a una clase anterior, a una clase similarmente relacionada o a una clase intermedia pueden renunciar a dicha reincorporación y optar por ser despedidos o colocados en licencia involuntaria. Dicha renuncia no afectará el estatus del empleado en una lista de remanentes de la clase de la que fue despedido.
Sección 421.15 Clase superior no cubierta por examen de promoción
421.15.1 La Comisión podrá ordenar que las disposiciones de esta Regla se apliquen a los designados en clases superiores de una serie de clases, aun cuando el examen para dicha clase superior no se haya realizado como examen de promoción o cuando los designados hayan sido incluidos en dichas clases superiores. De ser necesario, se procederá a despidos en las clases afectadas.
421.15.2 Para los fines de esta sección, la antigüedad en la clase o clases intermedias se calculará a partir de la fecha de antigüedad en toda la ciudad según se define en estas Reglas en la clase superior o en una clase designada por el Director de Recursos Humanos de la Ciudad o el Director de Transporte de la MTA/Designado, de manera similar a la clase intermedia.
Sección 421.16 Requisito para el período de prueba
La reincorporación a un puesto distinto al de la clase y departamento del cual fue ascendido requerirá que el designado cumpla un nuevo período de prueba.
Sección 421.17 Reincorporación con antigüedad original del empleado en la clase
Los empleados que son reintegrados de un nombramiento de promoción son restaurados con su antigüedad en toda la ciudad según se define en estas Reglas en la clase, si la hubiera.