SERVICIO
Prepárese para la audiencia con su director por una violación del código
Si no ha resuelto las violaciones en su Aviso de Violación, se le citará a esta audiencia.
¿Qué hacer?
1. Consulte su Aviso de Audiencia del Director
Si no ha demostrado un esfuerzo de buena fe para solucionar una infracción del código de construcción o vivienda, publicaremos un Aviso de audiencia del director en su edificio. También recibirá el aviso por correo certificado.
Su notificación incluirá la fecha y hora de su audiencia. Puede enviar un representante si no puede asistir.
La audiencia del director es una oportunidad para que usted explique por qué las violaciones no son justificadas o para documentar el progreso que ha logrado para abordarlas. Si no asiste ni envía un representante, tomaremos una decisión sobre su caso sin su participación.
2. Reúne los documentos
Su aviso incluirá una lista de documentos que deberá llevar a la audiencia.
3. Proporcionar información al DBI tres días hábiles antes de la audiencia.
Si no recibimos esta información a tiempo, usted tendrá que presentar sus documentos en la audiencia usted mismo.
Necesitaremos:
- Número de queja asociado con su Aviso de Infracción
- Dirección de la propiedad
- Su nombre (o el nombre de su representante si no puede asistir)
- Su número de teléfono (o el número de teléfono de su representante si no puede asistir)
- Si usted o su representante necesitarán un traductor
- Documentos relacionados con la infracción
También puedes facilitarnos la información en persona:
Suite 400
San Francisco, CA 94103
4. Asistir a la audiencia
Los casos se enumeran en la agenda de la reunión en el orden en que se escucharán. Llegue a tiempo para no perder la oportunidad de presentar su caso.
Cuando se llama su caso:
- El personal del DBI dará una presentación sobre la violación.
- El Oficial de Audiencias solicitará el testimonio del propietario de la propiedad o del representante del propietario, de los ocupantes del edificio y del público.
- El testimonio implicará juramentar, presentar pruebas y luego hacer y responder preguntas.
Información complementaria
Casos especiales
Cómo reprogramar su audiencia con el director
Su Aviso de Audiencia del Director contendrá información sobre cómo solicitar una prórroga de 30 días si necesita reprogramar.
Identifique a su inspector asignado, complete el formulario y envíelo por correo electrónico a dbi.codeenforcement@sfgov.org .
Después de testificar
El Oficial de Audiencia podrá decidir:
- Emitir una orden de eliminación del director al propietario para abordar las violaciones del código pendientes
- Le damos hasta 30 días para resolver sus violaciones (también conocido como tomar el caso bajo consideración)
- Reenvíe su caso nuevamente al DBI por una buena causa porque está avanzando hacia la resolución de su infracción.
- Le otorgaremos una prórroga única de hasta 30 días si está en proceso de obtener un permiso.
- Desestimar y cerrar su caso
Si el caso resulta en una Orden de Eliminación del Director, enviaremos la orden al propietario de la propiedad por correo certificado dentro de los 30 días posteriores a la audiencia.
Obtener ayuda
Teléfono
Correo electrónico
Sección de Cumplimiento del Código
dbi.codeenforcement@sfgov.orgAgencias asociadas
¿Qué hacer?
1. Consulte su Aviso de Audiencia del Director
Si no ha demostrado un esfuerzo de buena fe para solucionar una infracción del código de construcción o vivienda, publicaremos un Aviso de audiencia del director en su edificio. También recibirá el aviso por correo certificado.
Su notificación incluirá la fecha y hora de su audiencia. Puede enviar un representante si no puede asistir.
La audiencia del director es una oportunidad para que usted explique por qué las violaciones no son justificadas o para documentar el progreso que ha logrado para abordarlas. Si no asiste ni envía un representante, tomaremos una decisión sobre su caso sin su participación.
2. Reúne los documentos
Su aviso incluirá una lista de documentos que deberá llevar a la audiencia.
3. Proporcionar información al DBI tres días hábiles antes de la audiencia.
Si no recibimos esta información a tiempo, usted tendrá que presentar sus documentos en la audiencia usted mismo.
Necesitaremos:
- Número de queja asociado con su Aviso de Infracción
- Dirección de la propiedad
- Su nombre (o el nombre de su representante si no puede asistir)
- Su número de teléfono (o el número de teléfono de su representante si no puede asistir)
- Si usted o su representante necesitarán un traductor
- Documentos relacionados con la infracción
También puedes facilitarnos la información en persona:
Suite 400
San Francisco, CA 94103
4. Asistir a la audiencia
Los casos se enumeran en la agenda de la reunión en el orden en que se escucharán. Llegue a tiempo para no perder la oportunidad de presentar su caso.
Cuando se llama su caso:
- El personal del DBI dará una presentación sobre la violación.
- El Oficial de Audiencias solicitará el testimonio del propietario de la propiedad o del representante del propietario, de los ocupantes del edificio y del público.
- El testimonio implicará juramentar, presentar pruebas y luego hacer y responder preguntas.
Información complementaria
Casos especiales
Cómo reprogramar su audiencia con el director
Su Aviso de Audiencia del Director contendrá información sobre cómo solicitar una prórroga de 30 días si necesita reprogramar.
Identifique a su inspector asignado, complete el formulario y envíelo por correo electrónico a dbi.codeenforcement@sfgov.org .
Después de testificar
El Oficial de Audiencia podrá decidir:
- Emitir una orden de eliminación del director al propietario para abordar las violaciones del código pendientes
- Le damos hasta 30 días para resolver sus violaciones (también conocido como tomar el caso bajo consideración)
- Reenvíe su caso nuevamente al DBI por una buena causa porque está avanzando hacia la resolución de su infracción.
- Le otorgaremos una prórroga única de hasta 30 días si está en proceso de obtener un permiso.
- Desestimar y cerrar su caso
Si el caso resulta en una Orden de Eliminación del Director, enviaremos la orden al propietario de la propiedad por correo certificado dentro de los 30 días posteriores a la audiencia.
Obtener ayuda
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Correo electrónico
Sección de Cumplimiento del Código
dbi.codeenforcement@sfgov.org