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Toldos y Rótulos para Empresas

Office of Small Business

Empezar

Esta página le ayudará a comprender los pasos para instalar un nuevo toldo o letrero para su negocio en San Francisco.

Considere qué tipo de letrero o toldo funcionará para su espacio.

Un toldo es la estructura de tela que cubre la fachada de su tienda. Las letras y calcomanías que lo adornan se conocen como texto.

Un cartel tiene letras o calcomanías en madera, metal, etc. y puede colgar perpendicularmente sobre la acera, quedar al ras de la pared, etc.

Nota: Es necesario mantener transparente el 75 % del área de la ventana de la tienda. (es decir: el letrero pintado no puede ocupar más del 25 % de la ventana).

Si hay residencias en los pisos superiores de su tienda:

  • Cualquier toldo o señalización deberá permitir el acceso por escalera de incendios.
  • Si hay una salida de incendios encima de su tienda, un toldo deberá tener una solapa de 3x3 pies o un 'orificio perforado' para permitir que la escalera pase a través del toldo en caso de emergencia.

Reglas generales para toldos:

(Véase el Código de Planificación, Sec. 136.1)

Los toldos, marquesinas o carpas en un distrito histórico o sitio emblemático requieren una revisión especial por parte del Departamento de Planificación.

Los toldos no pueden extenderse por encima de la planta baja y no pueden:

  • Ser más alto que el nivel del alféizar de la ventana del piso más bajo (excepto el piso bajo y el entrepiso)
  • Extenderse por encima de un ventanal del piso superior
  • Estar a menos de ocho pies por encima del nivel del suelo terminado
  • Cubra cualquier moldura horizontal
  • Exceder una altura de 16 pies o la línea del techo del edificio al que está conectado, lo que sea menor
  • Cubrir pilares o columnas externas

El tamaño de su toldo depende del distrito de zonificación.

Para usos comerciales limitados (LCUs), distritos comerciales vecinales y de tránsito comercial vecinal (NC, NC-1, NCT-1):

  • Los toldos pueden sobresalir hasta cuatro pies del frente del edificio, y pueden medir hasta cuatro pies de arriba a abajo (incluida la tela colgante).

Para todos los demás distritos:

  • Si un toldo tiene 3 metros de ancho o menos, no puede sobresalir más de 1,8 metros de la fachada del edificio. La distancia entre la parte superior e inferior del toldo puede ser de hasta 1,8 metros (incluyendo la tela).
  • Si un toldo tiene más de tres metros de ancho, no puede sobresalir más de un metro y medio del frente del edificio. La distancia entre el toldo, desde la parte superior hasta la inferior, puede ser de hasta un metro y medio (incluyendo la tela).

Lea más sobre las reglas específicas para letreros y toldos por distrito de zonificación

Obtenga un permiso para el letrero o toldo de su negocio

Instalar o cambiar un cartel o toldo casi siempre requiere un permiso.

No se requiere permiso para:

  • Letreros para ventanas o letreros colgantes en interiores que sean visibles a través de la ventana, incluidos los letreros iluminados enchufables.
  • Letreros aplicados directamente a ventanas, puertas, fachadas de edificios (pintados o cualquier aplicación no estructural como letras de vinilo pegadas, cinta)
  • Letreros de venta o arrendamiento temporal
  • Pequeños cambios en el texto de los carteles que implican actualizaciones frecuentes (marquesinas de teatro)
  • Letreros publicitarios temporales para personas o empresas que realizan obras de construcción.
  • Señales dentro de un estadio, teatro al aire libre o arena
  • Letreros publicitarios que tengan una superficie inferior a 24 pies cuadrados en las estructuras de la Agencia de Transporte Municipal
  • Letreros publicitarios de menos de 52 pies cuadrados de área en los quioscos del Departamento de Obras Públicas
  • Cambio de copia/letra que no requiere permiso de construcción, cambio de publicidad general a publicidad no general o viceversa, o aumento de área/altura/iluminación/proyección del letrero

Obtener su permiso

Varios departamentos deberán revisar su permiso para garantizar que cumpla con los estándares de diseño, los requisitos del código de construcción y las normas de seguridad. Las señales luminosas requieren una revisión adicional por motivos de seguridad.

Los planos para su letrero o toldo deberán ser elaborados por un contratista, instalador de letreros o diseñador profesional con licencia. Deben incluir planos a escala de las elevaciones frontal y lateral del edificio con:

  • Área del letrero o toldo, incluidas las dimensiones
  • Altura del cartel o toldo medida desde el suelo hasta la parte inferior del cartel o toldo
  • Proyección medida desde la cara del edificio hasta el extremo del cartel o toldo.
  • Dimensiones de cualquier letra

También necesitará una hoja de especificaciones (especificaciones del fabricante que incluyen las dimensiones del producto, los materiales, etc.) para su cartel o toldo.

Si desea instalar varios carteles

  • Para instalar señales idénticas, solo necesita 1 solicitud de permiso de señalización (máximo 5 señales por permiso).
  • Para instalar señales diferentes (tamaño o tipo), necesitará una solicitud de permiso de señal diferente para cada uno.

Mayo - Mes de exención de tarifas de toldos

Solicite la instalación de un toldo nuevo, el reemplazo de su toldo actual, la instalación de letreros en sus toldos o la instalación de iluminación peatonal, ¡y obtenga la exención de la mayoría de las tarifas de permisos durante mayo! Este programa aplica a las tarifas de permisos del Departamento de Inspección de Edificios (DBI), Planificación, Bomberos y Obras Públicas.

Obtenga más información sobre el Programa de exención de tarifas de toldos de mayo

Señales o toldos existentes

  • Si tiene un cartel o toldo existente que no tiene permiso, utilice el proceso de Amnistía de Toldos para obtener permisos.
  • Si desea modificar su letrero o toldo, incluso si solo está cambiando el nombre del negocio, necesitará un permiso.
    • Si está modificando un cartel existente que pertenecía a una empresa diferente, verifique que estuviera debidamente permitido enviando un correo electrónico a sfosb@sfgov.org
  • Cuando una empresa cierra o se muda, la empresa es responsable de quitar su cartel/toldo.
    • Para quitar un cartel o toldo, necesitará un permiso .

¿Preguntas?

Obtenga ayuda personalizada para permisos de la Oficina de Pequeñas Empresas o:

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