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Toldos y Rótulos para Empresas

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Conozca los pasos necesarios para instalar un toldo o letrero nuevo para su negocio en San Francisco.

Considere qué tipo de letrero o toldo funcionará para su espacio.

Un toldo es la estructura de tela que cubre la fachada de su tienda. Las letras y calcomanías que lo adornan se conocen como texto.

Un cartel tiene letras o calcomanías en madera, metal, etc. y puede colgar perpendicularmente sobre la acera, quedar al ras de la pared, etc.

Nota: Es necesario mantener transparente el 75 % del área de la ventana de la tienda. (es decir: el letrero pintado no puede ocupar más del 25 % de la ventana).

Si hay residencias en los pisos superiores de su tienda:

  • Cualquier toldo o señalización deberá permitir el acceso por escalera de incendios.
  • Si hay una salida de incendios encima de su tienda, un toldo deberá tener una solapa de 3x3 pies o un 'orificio perforado' para permitir que la escalera pase a través del toldo en caso de emergencia.

Reglas generales para toldos

Los toldos, marquesinas o carpas en un distrito histórico o sitio emblemático requieren una revisión especial por parte del Departamento de Planificación.

Los toldos no pueden extenderse por encima de la planta baja y no pueden:

  • Ser más alto que el nivel del alféizar de la ventana del piso más bajo (excepto el piso bajo y el entrepiso)
  • Extenderse por encima de un ventanal del piso superior
  • Estar a menos de ocho pies por encima del nivel del suelo terminado
  • Cubra cualquier moldura horizontal
  • Exceder una altura de 16 pies o la línea del techo del edificio al que está conectado, lo que sea menor
  • Cubrir pilares o columnas externas

Véase el artículo 136.1 del Código de Planificación.

El tamaño de su toldo depende del distrito de zonificación.

Para usos comerciales limitados (LCUs), distritos comerciales vecinales y de tránsito comercial vecinal (NC, NC-1, NCT-1):

  • Los toldos pueden sobresalir hasta cuatro pies del frente del edificio, y pueden medir hasta cuatro pies de arriba a abajo (incluida la tela colgante).

Para todos los demás distritos:

  • Si un toldo tiene 3 metros de ancho o menos, no puede sobresalir más de 1,8 metros de la fachada del edificio. La distancia entre la parte superior e inferior del toldo puede ser de hasta 1,8 metros (incluyendo la tela).
  • Si un toldo tiene más de tres metros de ancho, no puede sobresalir más de un metro y medio del frente del edificio. La distancia entre el toldo, desde la parte superior hasta la inferior, puede ser de hasta un metro y medio (incluyendo la tela).
Lea más sobre las reglas específicas para letreros y toldos por distrito de zonificación

Obtenga un permiso para el letrero o toldo de su negocio

Instalar o cambiar un cartel o toldo casi siempre requiere un permiso.

No se requiere permiso para:

  • Letreros para ventanas o letreros colgantes en interiores que sean visibles a través de la ventana, incluidos los letreros iluminados enchufables.
  • Letreros aplicados directamente a ventanas, toldos, puertas, fachadas de edificios (pintados o cualquier aplicación no estructural como letras de vinilo pegadas, cinta adhesiva).
  • Letreros de venta o arrendamiento temporal
  • Pequeños cambios en el texto de los carteles que implican actualizaciones frecuentes (marquesinas de teatro)
  • Letreros publicitarios temporales para personas o empresas que realizan obras de construcción.
  • Señales dentro de un estadio, teatro al aire libre o arena
  • Letreros publicitarios que tengan una superficie inferior a 24 pies cuadrados en las estructuras de la Agencia de Transporte Municipal
  • Letreros publicitarios de menos de 52 pies cuadrados de área en los quioscos del Departamento de Obras Públicas
  • Cambio de copia/letra que no requiere permiso de construcción, cambio de publicidad general a publicidad no general o viceversa, o aumento de área/altura/iluminación/proyección del letrero

Elaboración de planes para su solicitud de permiso

Varios departamentos deberán revisar su permiso para garantizar que cumpla con los estándares de diseño, los requisitos del código de construcción y las normas de seguridad. Las señales luminosas requieren una revisión adicional por motivos de seguridad.

Los planos para su letrero o toldo deberán ser elaborados por un contratista, instalador de letreros o diseñador profesional con licencia. Deben incluir planos a escala de las elevaciones frontal y lateral del edificio con:

  • Área del letrero o toldo, incluidas las dimensiones
  • Altura del cartel o toldo medida desde el suelo hasta la parte inferior del cartel o toldo
  • Proyección medida desde la cara del edificio hasta el extremo del cartel o toldo.
  • Dimensiones de cualquier letra

También necesitará una hoja de especificaciones (especificaciones del fabricante que incluyen las dimensiones del producto, los materiales, etc.) para su cartel o toldo.

Solicite en línea su permiso para letreros o toldos.

Mayo - Mes de exención de tarifas de toldos

Solicite la instalación de un toldo nuevo, el reemplazo de su toldo actual, la instalación de letreros en sus toldos o la instalación de iluminación peatonal, ¡y obtenga la exención de la mayoría de las tarifas de permisos durante mayo! Este programa aplica a las tarifas de permisos del Departamento de Inspección de Edificios (DBI), Planificación, Bomberos y Obras Públicas.

Obtenga más información sobre el Programa de exención de tarifas de toldos de mayo

Señales o toldos existentes

  • Si tiene un cartel o toldo existente que no tiene permiso, utilice el proceso de Amnistía de Toldos para obtener permisos.
  • Si desea modificar su letrero o toldo, incluso si solo está cambiando el nombre del negocio, necesitará un permiso.
    • Si está modificando un cartel existente que pertenecía a una empresa diferente, verifique que estuviera debidamente permitido enviando un correo electrónico a sfosb@sfgov.org
  • Cuando una empresa cierra o se muda, la empresa es responsable de quitar su cartel/toldo.
    • Para quitar un cartel o toldo, necesitará un permiso .

¿Preguntas?

Obtenga ayuda personalizada para permisos de la Oficina de Pequeñas Empresas o:

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San Francisco, CA 94103
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sfosb@sfgov.org