SERVICIO

Presentación de apelación ante la Junta de Supervisores Apelación del certificado de idoneidad

Board of Supervisors

Qué saber

La decisión de la Comisión de Preservación Histórica (CPH) o de la Comisión de Planificación sobre un Certificado de Adecuación será definitiva, salvo apelación ante la Junta de Apelaciones, que podrá modificarla mediante una votación de cuatro quintos. Sin embargo, si el proyecto requiere la aprobación de la Junta de Supervisores o se apela ante esta como una Autorización de Uso Condicional, la decisión no se apelará ante la Junta de Apelaciones, sino ante la Junta de Supervisores, que podrá modificarla mediante una votación mayoritaria, de conformidad con el Código de Planificación, Sección 1006.7 . Cualquier apelación deberá presentarse dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la decisión final de la CPH o la Comisión de Planificación.

Comuníquese con la Oficina del Secretario de la Junta para determinar si se ha presentado una apelación de Uso Condicional sobre el proyecto propuesto y si se puede presentar una apelación del Certificado de Adecuación ante la Junta de Supervisores. De no presentarse una apelación de Uso Condicional, se deberá presentar una apelación del Certificado de Adecuación ante la Junta de Apelaciones.

¿Qué hacer?

¿Quién puede presentar una apelación?

Cualquier persona puede apelar una decisión de la Comisión de Preservación Histórica o de la Comisión de Planificación de otorgar o denegar un Certificado de Adecuación.

Fecha límite de presentación:

De acuerdo con el Código de Planificación, Sección 1006.7 , el aviso de apelación debe presentarse dentro de los 30 días posteriores a la decisión del HPC o la Comisión de Planificación.

NOTA: Si el día 30 cae en sábado, domingo o feriado, la apelación podrá presentarse antes de las 5:00 p. m. del siguiente día hábil.

Qué presentar:

Lo siguiente deberá presentarse ante el Secretario de la Junta de Supervisores:

(1 original y 2 copias impresas)

  1. Aviso de carta de apelación original firmada, dirigida al Secretario de la Junta;
  2. Una copia de la decisión de la HPC o de la Comisión de Planificación;
  3. Cualquier documentación que deba incluirse como prueba para respaldar la apelación; y
  4. Tarifa de apelación de $787, pagadera al Departamento de Planificación. *
    Código de Planificación, Sección 350
* La tarifa de apelación está sujeta al ajuste anual del Índice de Precios al Consumidor, según lo determine el Contralor.
Comuníquese con la Oficina del Secretario al (415) 554-5184 o board.of.supervisors@sfgov.org para confirmar la tarifa de apelación actual.

Para obtener información sobre la exención de tarifas, visite Información de apelación

NOTA: La presentación de una apelación no se considera completa hasta que se hayan recibido oportunamente todos los documentos (véanse los puntos 1 a 4 anteriores), incluida la tasa de apelación. Los paquetes incompletos o los recibidos fuera de los plazos establecidos se considerarán no conformes y no se considerarán.

NOTA: Todos los materiales se convertirán en registros públicos; por lo tanto, si se incluye información privada, el Apelante es responsable de redactar dicha información antes de su presentación.

Dónde presentar la solicitud:

Secretario de la Junta de Supervisores
1 Dr. Carlton B. Goodlett Place, Sala 244
San Francisco, CA 94102

Envíe los documentos de apelación por correo electrónico a: BOS.Legislation@sfgov.org

Fecha de la audiencia:

Recibida la demanda, el Secretario fijará fecha y lugar para la audiencia, que no será menor de 10 ni mayor de 30 días después de su presentación.

La Junta de Supervisores celebrará una audiencia pública sobre cualquier propuesta apelada o iniciada por ella, previa notificación a los propietarios de los inmuebles incluidos en la propuesta y a cualquier solicitante, y cualquier otra notificación que la Junta considere necesaria. Las apelaciones se programarán para el último martes del período de 30 días a las 15:00 h, o en la siguiente reunión regular de la Junta si dichos plazos coinciden con un receso de la Junta. Si se programa más de una apelación, el Secretario de la Junta podrá consolidarlas o programarlas a una hora específica después de las 15:00 h.

No se celebra ninguna audiencia del Comité.

Decisión:

La Junta de Supervisores puede anular, aprobar o modificar y aprobar la decisión de la HPC o la Comisión de Planificación, mediante el voto mayoritario de todos sus miembros.

Próximos pasos:

Una vez que se determine que la apelación es oportuna y está lista, el Secretario notificará al apelante la fecha, hora y lugar de la audiencia ante la Junta de Supervisores.

Además, 11 días antes de la audiencia, el apelante deberá proporcionar los nombres y direcciones de las partes interesadas que serán notificadas en formato de etiqueta.

Cualquier documentación adicional que el apelante quisiera que los miembros de la Junta consideren deberá ser entregada al Secretario a más tardar ocho días antes de la audiencia.

Contáctanos

Teléfono

Oficina del Secretario de la Junta de Supervisores415-554-5184

Correo electrónico