Qué saber
Si el Director de Transporte decide denegar una solicitud de Uso u Ocupación Temporal de Vías Públicas tras una apelación debidamente presentada, dicha decisión podrá apelarse ante la Junta de Supervisores de conformidad con el Código de Transporte, Sección 6.2(j) . En caso de conflicto entre estos párrafos y el Código de Transporte, prevalecerán las disposiciones del Código de Transporte.
Qué saber
Si el Director de Transporte decide denegar una solicitud de Uso u Ocupación Temporal de Vías Públicas tras una apelación debidamente presentada, dicha decisión podrá apelarse ante la Junta de Supervisores de conformidad con el Código de Transporte, Sección 6.2(j) . En caso de conflicto entre estos párrafos y el Código de Transporte, prevalecerán las disposiciones del Código de Transporte.
¿Qué hacer?
¿Quién puede presentar una apelación?
Cualquier persona puede presentar una apelación de la decisión del Director de Transporte que deniega una solicitud de personas que buscan permiso para el uso u ocupación temporal de calles públicas dentro de la Ciudad y el Condado.
Fecha límite de presentación:
El aviso de apelación debe presentarse dentro de los 5 días siguientes a la desaprobación del Director de Transporte.
Código de Transporte, Sección 6.2(j)
NOTA: Si el quinto día cae en sábado, domingo o feriado, la apelación podrá presentarse antes de las 5:00 p. m. del siguiente día hábil.
Qué presentar:
Lo siguiente deberá presentarse ante el Secretario de la Junta de Supervisores:
(1 original y 2 copias impresas)
- El formulario de apelación requerido (firmado por el apelante/agente autorizado) se puede obtener en la Oficina del Secretario de la Junta de Supervisores adjunta);
- Una copia de la decisión del Director Ejecutivo de la Autoridad de Transporte (se requieren firmas. No se acepta fax);
- Cualquier documentación que deba incluirse como evidencia para respaldar su apelación; y
- Tarifa de apelación de $58, pagadera al Secretario de la Junta.
NOTA: Todos los materiales se convertirán en registros públicos, por lo tanto, si se incluye información privada, el Apelante es responsable de redactar dicha información antes de su presentación.
Dónde presentar la solicitud:
Secretario de la Junta de Supervisores
1 Dr. Carlton B. Goodlett Place, Sala 244
San Francisco, CA 94102
Fecha de la audiencia:
Al recibirla, el Secretario fijará una fecha y lugar para que la Junta de Supervisores escuche dicha apelación, que será en la siguiente reunión ordinaria de la Junta, siempre que se cumplan todos los requisitos de notificación pública aplicables.
Las apelaciones están programadas a las 3:00 p.m.
No se celebra ninguna audiencia del Comité.
Decisión:
La Junta de Supervisores podrá anular la decisión del Director de Transporte mediante el voto mayoritario de todos sus miembros.
Próximos pasos:
Una vez que se determine que la apelación es oportuna y está lista, el Secretario notificará al apelante la fecha, hora y lugar de la audiencia ante la Junta de Supervisores.
Además, 11 días antes de la audiencia, el apelante deberá proporcionar los nombres y direcciones de las partes interesadas que serán notificadas en formato de etiqueta.
Cualquier documentación adicional que el apelante quisiera que los miembros de la Junta consideren deberá ser entregada al Secretario a más tardar ocho días antes de la audiencia.