COLECCIÓN DE RECURSOS
Informes anuales de la Comisión de Policía
SEC. 4.103. JUNTAS Y COMISIONES – INFORME ANUAL. A partir de la fecha de entrada en vigor de esta Carta y hasta que la Junta de Supervisores modifique este requisito, cada junta y comisión de la Ciudad y el Condado deberá, mediante ordenanza, elaborar un informe anual que describa sus actividades y presentarlo al Alcalde y al Secretario de la Junta de Supervisores. El Informe Anual podrá incluirse en la Declaración Anual de Propósito, según lo dispuesto en la Sección 4.102(2).
Police Commission