PRESS RELEASE

Declaración del Fiscal de la Ciudad sobre la eliminación por parte de la Corte Suprema de California de una medida anti-impuestos inconstitucional en la boleta electoral

City Attorney

Tribunal dictamina que medida propuesta que habría tenido consecuencias desastrosas para gobiernos locales es inconstitucional

SAN FRANCISCO (20 de junio de 2024) — El fiscal municipal, David Chiu, emitió hoy la siguiente declaración después de que la Corte Suprema de California dictaminara, en el caso Legislatura del Estado de California contra Weber, que una medida electoral antiimpuestos, que habría tenido consecuencias devastadoras para los gobiernos locales, era inconstitucional. La Corte eliminó la medida de la votación estatal del 5 de noviembre de 2024.

Después de que grupos anti impuestos propusieron la medida y la calificaron para las elecciones de noviembre de 2024, el gobernador Gavin Newsom y la Legislatura estatal presentaron una demanda ante la Corte Suprema de California buscando eliminar la enmienda constitucional propuesta de la boleta electoral con el argumento de que era una revisión a la Constitución que no seguía los procedimientos adecuados para tales revisiones.

Esta medida fue un intento de desmantelar los servicios que los gobiernos locales pueden brindar a los residentes. Habría obstaculizado significativamente nuestra capacidad para brindar incluso los servicios básicos más esenciales.

Es por eso que San Francisco se unió a otros gobiernos locales en un escrito amicus abogando por que la medida debería eliminarse de la votación.

La Constitución de California distribuye claramente el poder entre los gobiernos estatales y locales, y esta medida propuesta revisó inadmisiblemente esos aspectos de nuestra Constitución sin seguir el procedimiento adecuado. Agradecemos enormemente que la Corte haya aprobado este intento y que la medida no aparezca en la boleta electoral estatal de noviembre de 2024.

El caso es Legislatura del Estado de California v. Weber, Corte Suprema de California, Caso No. S281977.