PÁGINA DE INFORMACIÓN
Ley de Oportunidades de Compra para la Comunidad (COPA)
La Ley de Oportunidad de Compra Comunitaria (COPA) otorga a las organizaciones sin fines de lucro calificadas el derecho de primera oferta y/o el derecho de primera negativa para comprar ciertas propiedades ofrecidas para la venta en la Ciudad.
COPA se creó para prevenir el desplazamiento de inquilinos y promover la creación y preservación de viviendas de alquiler asequibles.
Las siguientes propiedades están sujetas a COPA (consulte las Reglas del programa para obtener más información):
- Edificios con 3 o más unidades residenciales
- Terreno baldío que podría desarrollarse en 3 o más unidades residenciales
Información del programa COPA
- Legislación actual de la COPA (modificada en junio de 2024)
- Reglas del programa COPA
- Preguntas frecuentes sobre la COPA
- Aviso de restricciones especiales de COPA (Todo edificio adquirido bajo COPA debe estar restringido como vivienda asequible. Este formulario “NSR” se aplica a proyectos que no reciben financiamiento de la Ciudad).
Organizaciones sin fines de lucro calificadas
Bajo la COPA, el Ministerio de Salud y Desarrollo Humano (MOHCD) certifica a las organizaciones sin fines de lucro para ejercer el derecho de primera oferta y/o el derecho de primera denegación según la COPA, de acuerdo con los criterios establecidos en la legislación y las normas del programa. Descargue la lista actualizada de organizaciones sin fines de lucro calificadas.
El Ministerio de Salud y Desarrollo Humano (MOHCD) acepta solicitudes de organizaciones sin fines de lucro calificadas durante todo el año. Descargue la solicitud actual.
Programa de Sitios Pequeños
Algunos edificios pueden calificar para recibir financiamiento a través del Programa de Sitios Pequeños de San Francisco. Las organizaciones sin fines de lucro que califican pueden solicitar financiamiento para la compra de un edificio o sitio que se adquiera según las directrices de COPA. Consulte la página web de Sitios Pequeños para obtener más información sobre dicho programa, incluyendo información para inquilinos.
Requisitos y recursos para vendedores
Los vendedores de edificios en San Francisco con 3 o más unidades residenciales, o de terrenos que puedan desarrollarse en 3 o más unidades residenciales, deben notificar a los inquilinos su intención de vender. El Formulario de Notificación al Inquilino de COPA cumple con la legislación.
La COPA exige que, a más tardar quince (15) días después de la venta de un edificio, todos los vendedores presenten al MOHCD una declaración firmada, bajo pena de perjurio, que confirme que la venta del edificio cumplió con los requisitos de la COPA. Descargue el Formulario de Declaración del Vendedor de la COPA .
COPA confiere ciertos beneficios a los vendedores, que se detallan en la Hoja de información del vendedor de COPA .
Instrucciones para la presentación de declaraciones
Los vendedores o los agentes de los vendedores deben enviar las declaraciones del vendedor a la siguiente dirección de correo electrónico: copa.mohcd@sfgov.org
Si prefiere una copia impresa, envíela a la siguiente dirección:
Oficina de Vivienda y Desarrollo Comunitario del Alcalde
A la atención de: Formulario de declaración del vendedor de COPA
1 South Van Ness Ave, 5to piso
San Francisco, CA 94103
Declaraciones del vendedor presentadas
La legislación COPA (Código Administrativo, §41B.10(a)) exige que el MOHCD publique todas las direcciones incluidas en las Certificaciones de Vendedor presentadas. El enlace a continuación proporciona una lista de las declaraciones presentadas por los vendedores al MOHCD desde la fecha de entrada en vigor de la legislación.