COLECCIÓN DE RECURSOS
Política de registro y gestión de dominios
La Ciudad y el Condado de San Francisco (Ciudad) busca brindar al público sitios web confiables, uniformes, seguros y fiables, independientemente del departamento o servicio. Para lograr este objetivo, esta política estandariza y unifica el proceso de dominio de Internet.
OBJETO Y ALCANCE
La ciudad adopta esta norma para las solicitudes, el registro y la gestión de dominios. Esta política tiene por objeto:
- Aumentar la confianza en los sitios web de la ciudad
- Garantizar la seguridad y confiabilidad del sitio web
- Preparar la Ciudad para cumplir con la Ley Estatal AB1637 en 2029
Los requisitos identificados en esta política se aplican a todos los recursos de información operados por o para la Ciudad y sus departamentos y comisiones, a menos que el dominio web externo o el sistema de correo electrónico de un departamento o comisión no se encuentre dentro de la definición aplicable de una agencia del gobierno local, tal como se codifica en la AB1637. Los funcionarios electos, empleados, consultores y proveedores que trabajan en nombre de la Ciudad también deben cumplir con esta política.
DECLARACIÓN DE POLÍTICA
La política requiere que todos los departamentos:
- Registrar y renovar sus dominios públicos existentes en el Departamento de Tecnología (DT) antes del 31 de diciembre de 2025
- Crear planes para que sus sitios web y correo electrónico se trasladen al dominio SF.gov o a un subdominio antes del 30 de junio de 2026.
- Migrar sitios web y correos electrónicos antes del 1 de enero de 2028
- Los departamentos que deseen solicitar un nuevo dominio que no sea SF.gov deben seguir el proceso que se describe a continuación a partir del [fecha de vigencia de la política]
- Los departamentos con dominios .gov existentes (por ejemplo, el Aeropuerto de San Francisco, la Comisión de Servicios Públicos y la Autoridad de Transporte Municipal) antes de la adopción de esta política no están sujetos a las normas aquí contenidas.
DETALLES DE LA POLÍTICA/REQUISITOS
Registro y mantenimiento de dominios existentes
- Los departamentos deben transferir su registro de dominio a DT antes del 31 de diciembre de 2025. Los departamentos deben iniciar el proceso a más tardar el 30 de junio de 2025.
- Los departamentos pueden enviar una solicitud al CIO de la ciudad para continuar administrando su propio registro de dominio hasta la migración a SF.gov.
- Configuración de dominio registrado. DT establecerá los siguientes controles para todos los dominios, incluidos los dominios estacionados y redirigidos:
- Habilitar el bloqueo de dominio.
- Habilitar la protección contra expiración del dominio.
- Habilitar la renovación automática.
- Establezca la información de contacto en información de la organización, como una lista de distribución, un buzón compartido o similar, en lugar de en el nombre, el buzón y el número de teléfono de una persona individual.
- Los Servicios Digitales y de Datos (DDS) recomendarán la descontinuación de dominios si todos los servicios que utilizan el dominio están desactualizados o si el departamento no puede identificar a un propietario. DDS analizará y se comunicará con los departamentos de todos los dominios conocidos existentes antes del 31 de diciembre de 2025.
- DT y DDS publicarán un conjunto de datos abiertos de todos los dominios de la ciudad conocidos con información asociada sobre registradores, departamentos y propietarios antes del 31 de diciembre de 2025.
- DT mantendrá los dominios registrados de la ciudad con un DNS autorizado y una autoridad de gestión de certificados, incluso después de la descontinuación de un sitio web, durante un mínimo de dos años.
Proceso de solicitud de nuevo dominio
No se recomienda la creación de nuevos dominios. Los departamentos que soliciten un nuevo dominio deben proporcionar por escrito (como mínimo):
- Un propietario de departamento específico y nombrado
- Evidencia de una vida planificada de más de seis meses
- Un plan de gobernanza y mantenimiento
- Un plan para cumplir con el Estándar de Inclusión y Accesibilidad Digital de SF, si corresponde
- Análisis sobre el uso del dominio SF.gov para sus necesidades, incluidos los requisitos específicos que no se pueden cumplir mediante el uso del dominio sf.gov.
- Plan de migración del servicio a Sf.gov
El DDS y el DT revisarán el caso para confirmar si los nuevos dominios cumplen con estos requisitos. Cualquier dominio nuevo aprobado será solo temporal y deberá quedar obsoleto antes de 2029 para cumplir con la ley estatal.
Subdominios
Los departamentos que soliciten un subdominio de SF.gov deben comunicarse con el DDS y el DT para garantizar que se ajuste al estándar de subdominios de la ciudad antes de que se apruebe un subdominio. El registro de dichos subdominios puede, a opción del departamento, configurarse para utilizar servidores de nombres autorizados administrados por el departamento, de modo que el departamento de TI pueda administrar los registros DNS para el subdominio.
Para apoyar a la Ciudad bajo un dominio SF.gov unificado para 2029, la Junta de Revisión de Políticas (PRB) de COIT en colaboración con DDS desarrollará un estándar de subdominio para la Ciudad para junio de 2025 y lo enviará para revisión de PRB y aprobación de COIT.
Esta norma incluirá orientación para propósitos claros de subdominios y convenciones de nomenclatura, así como el proceso que deben seguir los departamentos para solicitar un subdominio.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
- Departamento de Tecnología
- Publicar el conjunto de datos de todos los dominios registrados por la ciudad
- Registrar, renovar y mantener dominios para departamentos
- Servicios digitales y de datos
- Trabajar con expertos en la materia del PRB para desarrollar estándares de subdominios
- Revisar nuevos dominios para requisitos comerciales
- Comunicaciones de soporte para planes de migración y desuso para dominios existentes
- Liderazgo tecnológico del departamento
- Transferir dominios a DT
- Cree un plan de migración del dominio sf.gov con DDS
- Si es necesario, consulte con el abogado de la ciudad sobre la AB 1637
- Procurador de la ciudad
- Consulte con los departamentos para obtener orientación sobre si la AB 1637 se aplica a sus dominios públicos.
DEFINICIONES
- Dominio: un dominio es como la "dirección" de su sitio web en Internet. Al igual que usted tiene una dirección para su hogar, un dominio (por ejemplo, ejemplo.com) ayuda a las personas a encontrar su sitio web en línea.
- Subdominio: un subdominio es como una parte adicional de su dirección principal. Por ejemplo, si su dominio es ejemplo.com, un subdominio podría ser blog.ejemplo.com o tienda.ejemplo.com. Suele utilizarse para organizar distintas secciones de un sitio web.
- Registrar: Registrar un dominio significa reclamarlo y comprarlo oficialmente para que seas el propietario de la "dirección". Esto se hace a través de un registrador de dominios, una empresa que vende y administra nombres de dominio.
- Redirigir: una redirección es como redireccionar a alguien a una nueva dirección. Si alguien escribe una dirección web antigua o diferente, una redirección lo envía automáticamente al sitio web correcto.
- Bloqueo de dominio: el bloqueo de dominio es como poner un candado en su dirección para evitar que la roben o la muevan sin su permiso. Garantiza que nadie pueda transferir su dominio a otro proveedor sin su autorización.
- DNS (Sistema de nombres de dominio): el DNS es como la guía telefónica de Internet. Hace coincidir su nombre de dominio (por ejemplo, ejemplo.com) con el "número de teléfono" (dirección IP) correcto para que las personas puedan visitar su sitio web. Ayuda a los navegadores a saber dónde encontrar su sitio en Internet.
- De cara al público: se refiere a cualquier cosa destinada al público o a audiencias externas, incluido el servicio de atención al cliente, los sitios web o las comunicaciones públicas que representan a una organización ante el mundo exterior.
EXCEPCIONES
Esta política no permite excepciones.
CUMPLIMIENTO
Política de dominios .gov de California AB1637 : exige que todos los sitios web gubernamentales estén en un dominio .gov. Fecha de entrada en vigor: 1 de enero de 2029
REFERENCIAS
- Política de dominios .gov de California AB1637
- Proceso de registro de nombres de dominio de la ICANN
- Resumen de la gestión de los servicios DNS de Canadá
- Registro de dominios en California
- Política de registro de dominios de UC Berkeley, incluidos procedimientos y responsabilidades
APÉNDICE
Guía de implementación y transición de políticas del dominio SF.gov