Según la Sección 116.8 del Código Administrativo, cualquier transferencia de bienes inmuebles para uso residencial requiere que se proporcione un aviso de divulgación al cesionario que incluya una cita al Capítulo 116 y una declaración que contenga sustancialmente el siguiente texto en una fuente de al menos 12 puntos, con los términos apropiados que se insertarán en lugar del texto entre corchetes:
AVISO SOBRE UN LUGAR DE ENTRETENIMIENTO VECINO. Usted está comprando o arrendando una propiedad adyacente o cercana a [nombre y dirección del/de los lugar(es) de entretenimiento]. Este lugar es un establecimiento de entretenimiento ya existente, según se define en la Sección 1060 del Código de Policía, que incluye locales de música en vivo, clubes nocturnos y teatros. Este establecimiento puede ocasionarle inconvenientes o molestias derivados de su funcionamiento, tales como ruido nocturno, olores y basura. Estos inconvenientes o molestias pueden ocurrir incluso si el establecimiento opera de conformidad con las leyes y regulaciones vigentes, así como con las costumbres y normas locales aceptadas para este tipo de establecimientos. Si usted vive cerca de un establecimiento de entretenimiento, debe estar preparado para aceptar dichos inconvenientes o molestias como parte normal y necesaria de vivir en un vecindario con usos comerciales y residenciales mixtos.