INFORME
Política de tecnología de vigilancia y hardware para la detección de disparos del Departamento de Manejo de Emergencias
Department of Emergency ManagementFechas de Revisar de la supervisión de vigilancia
Revisar de PSAB: Recomendado el 7/8/2022
Revisar de COIT: Recomendado el 15/09/2022
Aprobación de la Junta de Supervisores : 24/09/2024
La Ciudad y el Condado de San Francisco valoran la privacidad y la protección de los derechos y libertades civiles de San Francisco residentes. De conformidad con la Sección 19B del Código Administrativo de San Francisco, la Política de Tecnología de Vigilancia tiene como objetivo garantizar el uso responsable de los dispositivos y servicios de detección de disparos, así como de los datos asociados, y la protección de los derechos y libertades civiles de los residentes de la Ciudad y el Condado de San Francisco .
PROPÓSITO Y ALCANCE
La misión del Departamento es la siguiente:
El Departamento de Manejo de Emergencias (DEM) de San Francisco lidera la planificación, preparación, comunicación, respuesta y recuperación de la ciudad ante emergencias cotidianas, eventos a gran escala en toda la ciudad y desastres mayores. El DEM es el vínculo vital en la comunicación de emergencia entre el público y los primeros en responder; socorristas, y proporciona coordinación y liderazgo clave a los departamentos municipales, las partes interesadas, los residentes y los visitantes.
La Política de Tecnología de Vigilancia (“Política”) define la manera en que se utilizarán los equipos y servicios de detección de disparos para apoyar esta misión, describiendo el propósito previsto, los usos autorizados y restringidos, y los requisitos.
Esta política se aplica a todo el personal del Departamentos que utilice, planee utilizar o planee adquirir equipos y servicios de detección de disparos, incluidos empleados, contratistas y voluntarios. Los empleados, consultores, voluntarios y proveedores que trabajen en nombre de la ciudad con el Departamentos están obligados a cumplir con esta política.
DECLARACIÓN DE POLÍTICA
El uso autorizado de hardware y tecnología de servicios de detección de disparos para el Departamentos se limita a los siguientes casos de uso y está sujeto a los requisitos enumerados en esta Política.
Usos autorizados:
El centro de despacho recibe la notificación de los disparos a través de la Solicitud ShotSpotter y, a continuación, crea una llamada de emergencia para que los agentes de policía acudan al lugar.
Entre los casos de uso prohibidos se incluyen todos aquellos usos no especificados en la sección de Casos de Uso Autorizados.
Los departamentos solo podrán utilizar la información recopilada mediante tecnología para fines legalmente autorizados y no podrán usarla para discriminar ilegalmente a las personas por motivos de raza, etnia, opiniones políticas, creencias religiosas o filosóficas, afiliación sindical, género, identad de género, discapacidad, orientación sexual , ni por datos genéticos o biométricos. Asimismo, los departamentos no podrán utilizar sistemas automatizados para analizar grabaciones e identificar a personas basándose en ninguna de las categorías mencionadas en la frase anterior.
JUSTIFICACIÓN COMERCIAL
Los equipos y servicios de detección de disparos respaldan la misión del Departamento y proporcionan un importante valor operativo de las siguientes maneras:
Los dispositivos y servicios de detección de disparos respaldan la misión de nuestro Departamentos de responder a emergencias diarias mediante la notificación de posibles incidentes con armas de fuego. Las notificaciones de estos dispositivos y servicios ayudan al Departamentos a estar al tanto de sucesos con armas de fuego que, de otro modo, desconocerían.
Beneficios para los residentes
Además, los dispositivos y servicios de detección de disparos prometen beneficiar a los residentes de las siguientes maneras:
| Sí o no | Beneficio | Descripción |
|---|---|---|
norte | Educación | N / A |
norte | Desarrollo comunitario | N / A |
Y | Salud | La violencia armada y sus consecuencias son un inquietud; preocupación de salud pública. Prevenir la violencia armada es un componente esencial para construir comunidades saludables. |
norte | Ambiente | N / A |
Y | Justicia penal | Los sistemas de detección de disparos y las alertas de servicios permiten una respuesta rápida y precisa de los agentes ante disparos no reportados para brindar asistencia médica a las víctimas, asegurar pruebas cruciales y detener a personas armadas, lo cual redunda en beneficio de la justicia penal. |
norte | Empleos | N / A |
norte | Alojamiento | N / A |
Y | Seguridad pública | Las notificaciones de los sistemas de detección de disparos y otros servicios ayudan al Departamentos a estar al tanto de incidentes con armas de fuego que de otro modo no habrían detectado, lo cual redunda en beneficio de la seguridad pública. En 2019, solo el 15 % de los incidentes con armas de fuego en San Francisco fueron reportados al 911. |
Los equipos y servicios de detección de disparos beneficiarán al Departamentos de las siguientes maneras:
| Sí o no | Beneficio | Descripción |
|---|---|---|
norte | Ahorros financieros | N / A |
Y | Ahorro de tiempo | Esta tecnología ahorra tiempo al notificar a la central de emergencias sobre la activación de disparos más rápidamente que si se procesara una llamada al 911. Además, es mucho más rápida y precisa para determinar la ubicación que los testigos que llaman al 911. |
norte | Seguridad del personal | N / A |
Y | Calidad de los datos | Esta tecnología mejora la calidad de los datos al proporcionar la ubicación exacta de los disparos, la cantidad de disparos detectados, si se utilizaron varias armas y la posibilidad de que se tratara de un arma de alto calibre. La mayoría de los testigos no pueden brindar este nivel de detalle al llamar al 911. |
Para lograr su propósito, ShotSpotter, Inc. (en adelante, "tecnología de vigilancia") es una empresa con sede en California que opera ShotSpotter Flex, una tecnología patentada que utiliza sensores estratégicamente ubicados en un área geográfica detectar, localizar y analizar disparos, y notificar a las fuerzas policiales. ShotSpotter es la tecnología de detección de disparos más utilizada en Estados Unidos, operando actualmente en casi 100 jurisdicciones en todo el país. ShotSpotter utiliza sensores acústicos estratégicamente ubicados en una matriz de aproximadamente 20 sensores por milla cuadrada. Estos sensores están conectados de forma inalámbrica a la Solicitud centralizada en la nube de ShotSpotter para detectar y triangular (localizar) disparos de manera confiable y precisa. Cada sensor acústico captura el tiempo y el audio precisos asociados con sonidos impulsivos que pueden representar disparos. Estos datos, provenientes de múltiples sensores, se utilizan para localizar el incidente, que luego es filtrado por sofisticados algoritmos de aprendizaje automático para clasificar el evento como un posible disparo. Analistas acústicos altamente capacitados, ubicados en el Centro de Revisar de Incidentes de ShotSpotter, que opera las 24 horas del día, los 7 días de la semana, Calificar aún más los incidentes resaltados. Estos analistas verifican y confirman que los eventos corresponden efectivamente a disparos. Además, pueden agregar a la alerta otra información crucial, como si se disparó un arma automática y si el tirador se encuentra en movimiento. El sistema ShotSpotter consta de tres componentes:
- Sensores de detección de ubicación de disparos (GLD): Se han instalado sensores en diferentes áreas de cobertura en San Francisco.
- Sede de ShotSpotter (HQ): Los sensores envían información acústica a la HQ, donde se utilizan algoritmos de aprendizaje automático para analizar el sonido. Si la firma acústica y visual coincide con disparos, el archivo del incidente se envía al Centro de Revisar de Incidentes (IRC). Expertos en acústica del IRC Revisar los incidentes en segundos y proporcionan información adicional (por ejemplo, número de disparos, número de armas, tipos de armas). Los disparos confirmados se envían a Comunicaciones (DEM Dispatch) y al sistema de software ShotSpotter del Departamento de Policía de San Francisco en cuestión de segundos.
- Software ShotSpotter Response: Este software permite que cierto personal autorizado (SFPD) utilice una Solicitud de escritorio que se conecta al sistema ShotSpotter para un análisis más exhaustivo de los disparos.
REQUISITOS DE LA POLÍTICA
Esta Política define los procesos responsables de gestión de datos y las salvaguardias legalmente exigibles que el Departamentos requiere para garantizar la transparencia, la supervisión y la rendición de cuentas. El uso que el Departamentos haga de la tecnología de vigilancia y de la información recopilada, conservada, procesada o compartida mediante dicha tecnología debe ser coherente con esta Política; debe cumplir con todas las leyes y reglamentos municipales, estatales y federal ; y debe proteger todas las garantías constitucionales estatales y federal .
Presupuesto
El software y/o firmware utilizado para el funcionamiento de la tecnología de vigilancia debe estar actualizado y recibir mantenimiento.
Seguridad
La tecnología de vigilancia debe utilizarse de forma segura. No debe emplearse de manera que vulnere los derechos civiles de los residentes, incluida la privacidad, ni que cause lesiones personales o daños materiales.
Recopilación de datos
Recopilación de datos
El Departamentos solo recopilará los datos necesarios para ejecutar el caso de uso autorizado. Todos los datos recopilados por la tecnología de vigilancia, incluidos los datos de identificación personal, se clasificarán de acuerdo con el Estándar de Clasificación de Datos de la Ciudad.
La tecnología de vigilancia recopila los siguientes tipos de datos:
| Tipo(s) de datos | Formato(s) | Clasificación |
|---|---|---|
Audio: ShotSpotter recopila fragmentos de audio muy cortos del/de los disparo(s). Desde 1 segundo antes hasta 1 segundo después del/de los disparo(s). | .wav | Nivel 3 |
Ubicación: La ubicación del disparo se triangula utilizando los datos recopilados por ShotSpotter. | Coordenadas XYZ | Nivel 3 |
Acceso
Todas las partes que soliciten acceso deben cumplir con las siguientes reglas y procesos (consulte la sección de intercambio de datos para asegurarse de que toda la información que se menciona en esa sección también se incluya a continuación):
- Únicamente el personal autorizado y capacitado puede acceder a la Solicitud ShotSpotter a través de los ordenadores del Departamentos .
Los datos siempre deben ser depurados de información de identificación personal, como se indicó anteriormente, antes de su uso público.
A. Empleados del Departamentos
Una vez recopilados, los siguientes roles y cargos están autorizados a acceder y utilizar los datos recopilados, retenidos, procesados o compartidos por la tecnología de vigilancia:
- Supervisores y coordinadores de seguridad pública (8239-8240): los supervisores visualizan los datos una vez que se activa una alerta y luego ingresan los datos en el sistema CAD como un incidente.
- Despachadores de seguridad pública (8238): los despachadores pueden ver los datos de ShotSpotter una vez que se ingresan en el CAD y luego transmitir el incidente a los oficiales que responden.
B. Miembros del público, incluidos los acusados en procesos penales.
El Departamento de Manejo de Emergencias cumplirá con la Ley de Registros Públicos de California, la Ordenanza de Transparencia de San Francisco , los requisitos de las Constituciones federal y estatal, y las leyes y normas de procedimiento civil federal y estatales.
Los datos recopilados clasificados como de Nivel 1 (Datos Públicos) pueden estar disponibles para su acceso público o publicación a través del portal de Datos Abiertos de DataSF. Cualquier persona, incluidos los acusados en procesos penales, puede acceder a dichos datos. Los Datos Abiertos cuentan con una Dedicación y Licencia de Dominio Público y no ofrecen garantías sobre la información proporcionada. Una vez publicados en Datos Abiertos, los datos pueden compartirse, modificarse y utilizarse libremente para cualquier fin sin restricciones. Se excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios derivados del uso de datos públicos, incluso por parte de acusados en procesos penales.
Los ciudadanos, incluidos los acusados en procesos penales, también pueden solicitar acceso a la información mediante una solicitud presentada conforme a la Ordenanza de Transparencia de San Francisco. Ningún registro se mantendrá confidencial a menos que toda la información que contiene esté exenta de divulgación según las disposiciones expresas de la Ley de Registros Públicos de California u otra ley.
Seguridad de los datos
El Departamentos deberá proteger la información de identificación personal contra el procesamiento o la divulgación no autorizados o ilícitos; el acceso, la manipulación o el uso indebido no justificados; y la pérdida, destrucción o daño accidentales. Los datos de tecnología de vigilancia recopilados y conservados por el Departamentos deberán estar protegidos por las medidas de seguridad apropiadas para su nivel o niveles de clasificación.
Para proteger la información de la tecnología de vigilancia contra el acceso y control no autorizados, incluido el uso indebido, los Departamentos deberán, como mínimo, aplicar las siguientes medidas de seguridad:
El acceso a los datos para el personal de DEM está limitado a cuatro estaciones de trabajo de supervisores en la sala de despacho, la cual también se mantiene segura y el acceso está restringido mediante tarjetas de acceso registradas. El software se mantiene siempre actualizado y requiere que el personal inicie sesión para ver los datos.
Intercambio de datos
El Departamento de Manejo de Emergencias se esforzará por garantizar que otros organismos o departamentos que puedan recibir datos recopilados por el hardware y los servicios de detección de disparos actúen de conformidad con esta Política.
En el caso de datos compartidos interna y externamente, el destinatario no deberá acceder a ellos, utilizarlos ni procesarlos de una manera incompatible con los casos de uso autorizados establecidos en esta Política.
El Departamento de Manejo de Emergencias deberá garantizar que existan las salvaguardas administrativas, técnicas y físicas adecuadas antes de compartir datos con otros departamentos del CCSF, entidades gubernamentales externas y proveedores o vendedores externos. (Véase Seguridad de los datos).
El Departamento de Manejo de Emergencias deberá garantizar que toda la información de identificación personal y los datos restringidos se anonimicen o se protejan adecuadamente para garantizar que la identidad de las personas esté salvaguardada de manera efectiva.
Además, en el intercambio de datos, se prohíbe el tratamiento de datos personales que revelen el origen racial o étnico, las opiniones políticas, las creencias religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, así como el tratamiento de datos genéticos, datos biométricos con el fin de identificar de forma unívoca a una persona, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o la orientación sexual de una persona.
Cada Departamentos que crea que otra Agencias o Departamentos recibe o puede recibir datos recopilados mediante el uso de tecnologías de vigilancia debe consultar con el fiscal municipal adjunto que le haya sido asignado con respecto a su respuesta.
Antes de compartir datos con cualquier destinatario, el Departamentos utilizará el siguiente procedimiento para garantizar que se apliquen las medidas de protección de datos adecuadas:
- Confirme que el propósito del intercambio de datos se ajusta a la misión del departamento.
- Considere métodos alternativos, además de compartir datos, que puedan lograr el mismo propósito.
- Eliminar nombres, borrar rostros y asegurarse de que se elimine toda la información personal identificable de acuerdo con las políticas de datos del departamento.
- Revisar de todas las medidas de seguridad existentes para garantizar que el intercambio de datos no aumente el riesgo de posibles repercusiones en los derechos y libertades civiles de los residentes.
- Evaluación de qué datos pueden compartirse lícitamente con el público en caso de que se presente una solicitud de conformidad con la Ordenanza de Transparencia de San Francisco.
- Garantizar que los datos se compartan de forma rentable y se exporten en un formato limpio y legible por máquina.
El Departamento de Manejo de Emergencias cumplirá con la Ley de Registros Públicos de California, la Ordenanza de Transparencia de San Francisco , los requisitos de las Constituciones federal y estatal, y las leyes y normas de procedimiento civil federal y estatales.
Intercambio interno de datos
Actualmente, el Departamentos participa en las siguientes prácticas de intercambio:
A. Intercambio interno de datos
El Departamentos comparte los siguientes datos con los destinatarios:
| Tipo | Beneficiario |
|---|---|
Se indica la ubicación de los disparos y la cantidad de disparos detectados. Si ShotSpotter detecta la presencia de varios tiradores o armas de gran capacidad, también se informa de ello. | Departamento de Policía de San Francisco |
Intercambio de datos externos
El intercambio de datos se produce con la siguiente frecuencia:
Los datos se comparten cada vez que se detectan disparos. Esto puede ocurrir a diario. Además, el Departamento de Policía de San Francisco (SFPD) mantiene su propio acceso directo a ShotSpotter.
B. Intercambio de datos externos
El Departamentos comparte los siguientes datos con los destinatarios:
| Tipo | Beneficiario |
|---|---|
Se indica la ubicación de los disparos y la cantidad de disparos detectados. Si ShotSpotter detecta la presencia de varios tiradores o armas de gran capacidad, también se informa de ello. | Otros organismos fuerzas policiales que operan dentro de San Francisco. |
El intercambio de datos se produce con la siguiente frecuencia:
Según sea necesario, si la activación se encuentra dentro de su jurisdicción.
Para garantizar que las entidades que reciben datos recopilados por la tecnología de vigilancia cumplan con la Política de Tecnología de Vigilancia, el Departamentos deberá:
El DEM cuenta con estrictos controles de acceso a los equipos y servicios de detección de disparos, tal como se menciona en otras secciones; solo el personal autorizado y capacitado del DEM puede acceder a ellos. Los datos se transmiten únicamente al Departamento de Policía de San Francisco o a la Agencias fuerzas policiales correspondiente. El Departamento de Policía de San Francisco ha presentado por separado su propia Política de Tecnología de Vigilancia, que abarca los equipos y servicios de detección de disparos.
Antes de compartir datos con cualquier destinatario, el Departamentos utilizará el siguiente procedimiento para garantizar que se implementen las protecciones de datos adecuadas:
- Confirme que el propósito del intercambio de datos se ajusta a la misión del departamento.
- Garantizar que los datos compartidos se compartan de forma rentable y se exporten en un formato limpio y legible por máquina.
- Remita las solicitudes de datos al Departamento de Policía de San Francisco , ya que son ellos los responsables de ShotSpotter.
- Revisar todas las medidas de seguridad existentes para garantizar que el intercambio de datos no aumente el riesgo de posibles repercusiones en los derechos y libertades civiles de los residentes.
Retención de datos
El Departamentos podrá almacenar y conservar datos personales sin procesar únicamente durante el tiempo necesario para cumplir con un propósito lícito y autorizado.
El período de retención de datos del Departamento y su justificación son los siguientes:
- Periodo de retención: Los datos de ShotSpotter son responsabilidad del Departamento de Policía de San Francisco , ya que han contratado el servicio. DEM NO mantiene los datos de ShotSpotter, sino que simplemente accede a ellos en nombre del Departamento de Policía para enviar agentes de policía a los informes de disparos. Los datos de incidentes individuales están disponibles en DEM hasta por una semana. ShotSpotter (proveedor) mantiene los datos por sí mismo (no se almacenan dentro de DEM). Los datos sensoriales de audio de ShotSpotter se eliminan permanentemente después de 30 horas a menos que hayan estado acompañados de un sonido fuerte e impulsivo que se considere un disparo, en cuyo caso SFPD puede guardarlos para fines de investigación. Registros permanentes: N/A. Consulte a SFPD. Registros actuales: Los disparos detectados durante la semana anterior son visibles en la Solicitud. Registros de almacenamiento: N/A. Consulte a SFPD.
- Justificación de la retención: DEM no define el período de retención y simplemente tiene acceso a los datos de ShotSpotter durante el período de tiempo otorgado por el Departamento de Policía de San Francisco y ShotSpotter, Inc. (proveedor). DEM solo puede visualizar los disparos detectados durante la semana anterior. El Departamento de Policía de San Francisco y ShotSpotter han establecido el período de retención de audio en 30 horas para poder recuperar incidentes ocurridos durante las 24 horas previas. Por ejemplo, para verificar si hubo disparos adicionales antes de un incidente o si se omitió algún incidente.
Los datos de identificación personal no se conservarán de forma que permitan la identificación de los interesados durante más tiempo del necesario para los fines para los que se tratan los datos personales.
Los departamentos deben establecer las salvaguardas adecuadas para los datos de identificación personal almacenados durante períodos prolongados.
Almacenamiento de datos
Los datos se almacenarán en la siguiente ubicación:
| Sí o no | Categoría incluida |
|---|---|
norte | Almacenamiento local (por ejemplo, servidor local, red de área de almacenamiento (SAN), almacenamiento conectado a la red (NAS), cintas de respaldo, etc.) |
norte | Centro de datos del Departamentos de Tecnología |
Y | Producto de software como servicio |
norte | Proveedor de almacenamiento en la nube |
Eliminación de datos
Una vez finalizado el período de retención de datos, el Departamentos deberá eliminar los datos de la siguiente manera:
Prácticas:
- El Departamentos no almacena los datos en sus instalaciones y solo accede a ellos mediante la Solicitud cliente ShotSpotter. Una vez transcurridos los siete días posteriores a cada incidente, el Departamentos deja de tener acceso a los datos. La eliminación de datos no es responsabilidad del Departamentos. Consulte la política del SFPD para obtener más información sobre la eliminación de datos.
Capacitación: Para reducir la posibilidad de que la tecnología de vigilancia o los datos asociados se utilicen indebidamente o en contra de su uso autorizado, todas las personas que requieran acceso deben recibir capacitación sobre las políticas y los procedimientos de seguridad de datos.
Como mínimo, el Departamentos exigirá a todos los funcionarios electos, empleados, consultores, voluntarios y proveedores que trabajen con la tecnología en su nombre que lean y reconozcan formalmente todos los usos autorizados y prohibidos. El Departamentos también exigirá que todas las personas que soliciten datos o que requieran acceso a ellos de forma regular reciban la capacitación adecuada antes de que se les otorgue acceso a los sistemas que contienen información de identificación personal.
Todos los nuevos operadores de despacho reciben capacitación sobre el funcionamiento de la tecnología para que puedan utilizar los datos según sea necesario en sus interacciones con el Departamento de Policía de San Francisco (SFPD). Los supervisores también reciben capacitación sobre cómo acceder a la Solicitud instalada en sus computadoras para consultar los datos de activación de la detección de disparos y luego ingresar ese incidente en el sistema de despacho asistido por computadora.
CUMPLIMENTO CONFORMIDA
El Departamentos supervisará y garantizará el cumplimento conformida de esta Política utilizando los siguientes métodos:
El uso de hardware y servicios de detección de disparos está sujeto a los mismos requisitos de cumplimento conformida que todas las demás directivas del Departamentos . El acceso a los datos se limita a quienes necesitan conocerlos y tienen derecho a ello. El acceso a la Solicitud está restringido a los supervisores.
El Departamentos contará con el siguiente personal para supervisar el cumplimento conformida de la Política por parte del Departamentos y de terceros.
- (0923) Gerente de Operaciones, División de Comunicaciones de Emergencia
- (0931) Subdirector adjunto, División de Comunicaciones de Emergencia
Las sanciones por infracciones de esta Política incluyen las siguientes:
Las infracciones de la Política de Tecnología de Vigilancia siguen los mismos procedimientos disciplinarios que las infracciones de otras directivas:
- Primera infracción: Reentrenamiento
- Segunda infracción: Asesoramiento formal
- Tercera infracción: Carta de amonestación
Si se alega que un Departamentos ha violado la Ordenanza según el Capítulo 19B del Código Administrativo de San Francisco , el Departamentos deberá publicar un aviso en su sitio web que describa de manera general cualquier medida correctiva tomada para abordar dicha alegación.
El Departamentos está sujeto a los procedimientos de cumplimiento, tal como se describe en la Sección 19B.8 del Código Administrativo de San Francisco .
EXCEPCIONES
Solo en circunstancias excepcionales o cuando las fuerzas policiales requieran datos de tecnología de vigilancia para funciones de investigación o enjuiciamiento, los datos recopilados, retenidos o procesados por la tecnología de vigilancia podrán compartirse con las fuerzas policiales.
DEFINICIONES
- Información de identificación personal: Información que puede utilizarse para distinguir o rastrear la identidad de un individuo, ya sea sola o combinada con otra información personal o de identificación que esté vinculada o pueda vincularse a un individuo específico.
- Datos brutos: Información recopilada mediante tecnología de vigilancia que no ha sido procesada ni depurada de datos personales identificables. La distribución y el uso de datos brutos están estrictamente restringidos.
- Circunstancias excepcionales: Una emergencia que implique peligro inminente de muerte o lesiones físicas graves para cualquier persona y que requiera el uso inmediato de la tecnología de vigilancia o de la información que proporciona.
AUTORIZACIÓN
La Sección 19B.4 del Código Administrativo de la Ciudad establece: “Es política de la Junta de Supervisores aprobar una ordenanza sobre Política de Tecnología de Vigilancia solo si determina que los beneficios que autoriza dicha ordenanza superan sus costos, que la ordenanza salvaguardará las libertades civiles y los derechos civiles, y que los usos y despliegues de la Tecnología de Vigilancia bajo la ordenanza no se basarán en factores discriminatorios o basados en puntos de vista ni tendrán un impacto; efecto desproporcionado en ninguna comunidad o Clase Protegida”.
PREGUNTAS E INQUIETUDES
Público:
Las quejas o inquietudes pueden presentarse al Departamentos de la siguiente manera:
Los ciudadanos deberán dirigirse al Departamento de Policía de San Francisco (SFPD, por sus siglas en inglés), ya que son los propietarios de la tecnología.
El Departamentos deberá reconocer y responder a las quejas e inquietudes de manera oportuna y organizada. Para ello, el Departamentos deberá:
Los ciudadanos serían remitidos al Departamento de Policía de San Francisco (SFPD, por sus siglas en inglés), ya que son los propietarios de la tecnología, y sería responsabilidad del SFPD responder a todas las preguntas y quejas.
Empleados de la ciudad y el condado de San Francisco :
Todas las preguntas relacionadas con esta política deben dirigirse al supervisor del empleado o al director. Asimismo, las preguntas sobre otras leyes aplicables que rigen el uso de la tecnología de vigilancia o sobre cuestiones relacionadas con la privacidad deben dirigirse al supervisor del empleado o al director.