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Informe

Departamento de Salud Pública: Política sobre tecnología de vigilancia de sistemas de detección de armas

Council on Information Technology (COIT)

la Ciudad y el Condado de San Francisco valoran la privacidad y la protección de los derechos y libertades civiles de los residentes de San Francisco . De conformidad con el artículo 19B del Código Administrativo de San Francisco, la Política de Tecnología de Vigilancia tiene como objetivo garantizar el uso responsable del Sistema de Detección de Armas (en adelante, "tecnología de vigilancia"), así como de los datos asociados, y la protección de los derechos y libertades civiles de los residentes de la Ciudad y el Condado de San Francisco .

PROPÓSITO Y ALCANCE

La misión del Departamento es proteger y promover la salud de todos los habitantes de San Francisco. El Departamento de Salud Pública de San Francisco (SFDPH) se esfuerza por lograr su misión a través del trabajo de dos divisiones principales: la Red de Salud de San Francisco y la División de Salud Pública.

La Política de Tecnología de Vigilancia ("Política") define la manera en que se utilizará la tecnología de vigilancia para apoyar esta misión, describiendo el propósito previsto, los usos autorizados y restringidos, y los requisitos.

Esta política se aplica a todo el personal del Departamentos que utilice, planee utilizar o planee proteger la tecnología de vigilancia, incluyendo empleados, contratistas y voluntarios. Los empleados, consultores, voluntarios y proveedores que trabajen en nombre de la Ciudad con el Departamentos están obligados a cumplir con esta política.

DECLARACIÓN DE POLÍTICA

El uso autorizado de la tecnología de vigilancia para el Departamentos se limita a los siguientes casos de uso y está sujeto a los requisitos enumerados en esta Política.

Usos autorizados:

1. Revise la foto en tiempo real después de que se haya detectado un objeto que necesitará un prueba de detección; examen médico [para detectar (el virus de) la covid-19] adicional.

2. Revisar la foto en tiempo real que identifica el área de una persona o un objeto que se porta, donde se encuentra una posible amenaza de arma.

Entre los casos de uso prohibidos se incluyen todos aquellos usos no especificados en la sección de Casos de Uso Autorizados.

El Departamentos solo podrá utilizar la información recopilada mediante tecnología para fines legalmente autorizados y no podrá utilizarla para discriminar ilegalmente a las personas por motivos de raza, etnia, opiniones políticas, creencias religiosas o filosóficas, afiliación sindical, género, identad de género, discapacidad, orientación sexual , o datos genéticos y/o biométricos.

JUSTIFICACIÓN COMERCIAL

Motivo del uso de la tecnología

La tecnología de vigilancia respalda la misión del Departamento y proporciona un importante valor operativo de las siguientes maneras:

El sistema de detección de armas ocultas está diseñado para mejorar la seguridad física en lugares públicos de mucho tránsito, combinando tecnología de sensores avanzada, computación en tiempo real y aprendizaje automático para detectar amenazas con precisión.

Descripción de la tecnología

El sensor de detección de armas utiliza modelos de aprendizaje automático para detectar firmas de armas a partir de la información sensorial recopilada de los visitantes en tiempo real. Esta información sensorial se refiere a sensores electromagnéticos y cámaras visuales. Las firmas e imágenes de armas recopiladas en el sitio se denominan "datos de escaneo". Los datos de escaneo recopilados de los visitantes se utilizan para identificar la presencia de armas que portan.

Beneficios para los residentes

La tecnología de vigilancia promete beneficiar a los residentes de las siguientes maneras:

BeneficioDescripción

N / A

Educación

N / A

Desarrollo comunitario

N / A

Salud

N / A

Ambiente

incógnita

Justicia penal

Esta tecnología proporciona una respuesta inmediata ante la posible presencia de armas en manos de una persona que ingrese al sitio. El sistema analiza la densidad de los objetos que lo atraviesan.

N / A

Empleos

N / A

Alojamiento

incógnita

Seguridad pública

La máquina detectora de armas previene, minimiza y detiene los delitos antes de que se cometan.

Beneficios del Departamentos

La tecnología de vigilancia beneficiará al Departamentos de las siguientes maneras:

BeneficioDescripción

N / A

Ahorros financieros

N / A

Ahorro de tiempo

incógnita

Seguridad del personal

Esta tecnología detecta las armas antes de que entren en las instalaciones.

N / A

Calidad de los datos

Esta tecnología detecta las armas antes de que entren en las instalaciones.

N / A

Otro

REQUISITOS DE LA POLÍTICA

Esta Política define los procesos responsables de gestión de datos y las salvaguardias legalmente exigibles que el Departamentos requiere para garantizar la transparencia, la supervisión y la rendición de cuentas. El uso que el Departamentos haga de la tecnología de vigilancia y de la información recopilada, conservada, procesada o compartida mediante dicha tecnología debe ser coherente con esta Política; debe cumplir con todas las leyes y reglamentos municipales, estatales y federal ; y debe proteger todas las garantías constitucionales estatales y federal .

Especificaciones: El software y/o firmware utilizado para el funcionamiento de la tecnología de vigilancia debe estar actualizado y recibir mantenimiento.

Recopilación de datos: El Departamentos solo recopilará los datos necesarios para ejecutar los casos de uso autorizados. Todos los datos recopilados por la tecnología de vigilancia, incluidos los datos de identificación personal, se clasificarán de acuerdo con el estándar de clasificación de datos de la ciudad.

La tecnología de vigilancia recopila algunos o todos los siguientes tipos de datos:

- Tipo(s) de datos: Mediciones de sensores, imágenes, Edificio 005, 025 y 80/90, coordenadas GPS - Formato(s): Numérico, CSV, JSON, XML, TEXTO, - Clasificación(es): Mediciones de sensores electromagnéticos de temperatura, humedad e inclinación. Imágenes de personas que caminan por las torres Express La ubicación física de la instalación de la máquina de armas. El proveedor proporciona personal de servicio ingresa esto en el momento de la instalación. Esto ayudará en el mantenimiento de la máquina de armas en caso de que se requiera una Visitar en el sitio La ubicación GPS de las máquinas de armas ayuda en el mantenimiento de la unidad en caso de que se requiera una Visitar en el sitio.

Sistema de detección de armas Salud pública

Tipo(s) de datosFormato(s)Clasificación

Mediciones de sensores

PDF, JPEG, CSV, XML, TEXTO

Nivel 3

Imágenes

PDF, JPEG, CSV, XML, TEXTO

Nivel 3

Notificación: Los departamentos deberán notificar al público sobre el uso previsto de tecnología de vigilancia en el lugar de las operaciones mediante señalización en áreas públicas fácilmente visibles. Las notificaciones de los Departamentos deberán identificar el tipo de tecnología que se utilizará y el propósito de dicha recopilación.

El Departamentos incluye los siguientes puntos en su aviso público:

N / A

Información sobre la tecnología de vigilancia

incógnita

Descripción del uso autorizado

N / A

retención de datos

N / A

Identificación del Departamentos

N / A

Información del contacto

N / A

Personas identificadas individualmente

Acceso: Todas las partes que soliciten acceso deberán cumplir con las siguientes normas y procedimientos:

● Si las fuerzas policiales necesitan información de la tecnología, la solicitud se enviará al Director de Seguridad del Departamento de Salud Pública (DPH). El Director de Seguridad se pondrá en contacto con el Planificador de Mantenimiento de Seguridad, quien a su vez contactará con el soporte técnico del proveedor para obtener la información necesaria.

A. Empleados del Departamentos

Una vez recopilados, los siguientes roles y cargos están autorizados a acceder y utilizar los datos recopilados, retenidos, procesados ​​o compartidos por la tecnología de vigilancia:

● 7262 Planificador de mantenimiento (2)

● 0953 Subdirector III (1)

B. Miembros del público

El Departamentos cumplirá con la Ley de Registros Públicos de California, la Ordenanza de Transparencia de San Francisco , los requisitos de las Constituciones federal y estatal, y las leyes y normas de procedimiento civil federal y estatales. Los datos recopilados clasificados como datos públicos de Nivel 1 podrán estar disponibles para su acceso público o divulgación a través del portal de Datos Abiertos de DataSF. Los Datos Abiertos cuentan con una Dedicación y Licencia de Dominio Público y no ofrecen garantías sobre la información proporcionada. Una vez publicados en Datos Abiertos, los datos pueden compartirse, modificarse y utilizarse libremente para cualquier fin sin restricciones. Se excluye cualquier responsabilidad por daños derivados del uso de datos públicos.

Los ciudadanos también pueden solicitar acceso mediante una solicitud presentada de conformidad con la Ordenanza de Transparencia de San Francisco. Ningún registro se mantendrá confidencial a menos que toda la información que contiene esté exenta de divulgación según las disposiciones expresas de la Ley de Registros Públicos de California u otra ley.

Capacitación: Para reducir la posibilidad de que la tecnología de vigilancia o sus datos asociados se utilicen indebidamente o en contra de su uso autorizado, todas las personas que requieran acceso deben recibir capacitación sobre las políticas y los procedimientos de seguridad de datos. El Departamentos exigirá a todos los funcionarios electos, empleados, consultores, voluntarios y proveedores que trabajen con la tecnología en su nombre que lean y reconozcan formalmente todos los usos autorizados y prohibidos estipulados en esta política.

El Departamentos también exigirá que todas las personas que soliciten datos o que requieran acceso a datos de forma regular reciban la capacitación adecuada antes de que se les conceda acceso a los sistemas que contengan información de identificación personal.

Más concretamente, la formación del Departamentos incluirá:

Los técnicos instaladores capacitaron al personal de la oficina del sheriff sobre cómo encender, apagar, operar y probar los dispositivos con objetos simulados para su posterior detección.

Seguridad de los datos: El Departamentos deberá proteger la información de identificación personal contra el procesamiento o la divulgación no autorizados o ilícitos; el acceso, la manipulación o el uso indebido no justificados; y la pérdida, destrucción o daño accidentales. Los datos de tecnología de vigilancia recopilados y conservados por el Departamentos deberán estar protegidos por las salvaguardas apropiadas para su(s) nivel(es) de clasificación, según lo definido por el marco de seguridad 800-53 del Instituto Nacional de Estándares y Tecnología (NIST), o requisitos equivalentes de otros marcos importantes de ciberseguridad seleccionados por el Departamentos.

El Departamentos garantizará el cumplimiento de estas normas de seguridad mediante lo siguiente:

Medidas de seguridad administrativas: Los usuarios designados como administradores pueden seleccionar una de las siguientes opciones:

  • Resultados solamente (Predeterminado): Se almacenan las alertas e imágenes de todas las personas que pasan por Express. Los datos de escaneo no se almacenan.
  • Ninguno: No se almacenan datos de escaneo, alertas ni imágenes en el disco. Los datos de escaneo, las alertas y las imágenes solo se almacenan en la memoria del ordenador hasta que el usuario de la tableta desestime la alerta.

El acceso a los datos está restringido a las personas autorizadas para revisarlos y a quienes tienen acceso a tecnología relacionada con la ciberseguridad.

Medidas de seguridad técnicas: Los datos almacenados en el disco del ordenador Express se eliminan automáticamente después de 30 días o antes si el disco se llena y es necesario liberar espacio para datos más recientes.

Medidas de seguridad físicas: Acceso administrativo limitado a un grupo selecto de personas para Cambiar cualquier opción. Las tabletas se retiran del área y se guardan en un armario seguro cuando no se utilizan.

Almacenamiento de datos: Los datos se almacenarán en la siguiente ubicación:

incógnita

Almacenamiento local (por ejemplo, servidor local, red de área de almacenamiento (SAN), almacenamiento conectado a la red (NAS), cintas de respaldo, etc.)

N / A

Centro de datos del Departamentos de Tecnología

N / A

Producto de software como servicio

N / A

Proveedor de almacenamiento en la nube

Intercambio de datos: El Departamentos se esforzará por garantizar que otros organismos o departamentos que puedan recibir datos recopilados mediante la tecnología de vigilancia actúen de conformidad con esta Política.

En el caso de datos compartidos interna y externamente, el destinatario no deberá acceder a ellos, utilizarlos ni procesarlos de una manera incompatible con los casos de uso autorizados establecidos en esta Política.

El Departamentos deberá garantizar que existan las salvaguardas administrativas, técnicas y físicas adecuadas antes de compartir datos con otros departamentos del CCSF, entidades gubernamentales externas y proveedores o vendedores externos. (Véase Seguridad de los datos).

El Departamentos deberá garantizar que toda la información de identificación personal y los datos restringidos se anonimicen o se protejan adecuadamente para garantizar que la identidad de los sujetos individuales esté efectivamente salvaguardada de entidades que no tengan acceso autorizado según esta política.

Cada Departamentos que crea que otra Agencias o Departamentos recibe o puede recibir datos recopilados mediante el uso de tecnologías de vigilancia debe consultar con el fiscal municipal adjunto que le haya sido asignado con respecto a sus obligaciones legales.

Antes de compartir datos con cualquier destinatario, el Departamentos utilizará el siguiente procedimiento para garantizar que se apliquen las medidas de protección de datos adecuadas:

  • Confirme que el propósito del intercambio de datos se ajusta a la misión del departamento.
  • Considere métodos alternativos, además de compartir datos, que puedan lograr el mismo propósito.
  • Eliminar nombres, borrar rostros y asegurarse de que se elimine toda la información personal identificable de acuerdo con las políticas de datos del departamento.
  • Revisión de todas las medidas de seguridad existentes para garantizar que el intercambio de datos no aumente el riesgo de posibles repercusiones en los derechos y libertades civiles de los residentes.
  • Evaluación de qué datos pueden compartirse lícitamente con el público en caso de que se presente una solicitud de conformidad con la Ordenanza de Transparencia de San Francisco.
  • Garantizar que los datos se compartan de forma rentable y se exporten en un formato limpio y legible por máquina.

A. Intercambio interno de datos:

El Departamentos comparte los siguientes datos con los destinatarios dentro la Ciudad y el Condado de San Francisco:

Tipo de datosDestinatario de los datos

Se puede proporcionar una fotografía del individuo para las investigaciones.

Departamento de Policía, Departamentos del Sheriff, Oficina del Fiscal de la Ciudad

Frecuencia: El intercambio de datos se produce con la siguiente frecuencia: La información se comparte cuando existe una investigación legal que requiere dicha información.

B. Intercambio de datos externos:

El Departamentos no comparte datos de tecnología de vigilancia con entidades externas la Ciudad y el Condado de San Francisco.

Retención de datos: El Departamentos podrá almacenar y conservar datos personales de identificación (PII) sin procesar únicamente durante el tiempo necesario para cumplir con un propósito lícito y autorizado. Los estándares de retención de datos del Departamentos deben estar alineados con la forma en que el Departamentos prepara sus registros financieros y deben ser consistentes con cualquier sección pertinente de la Agencias Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) o de la Oficina de Servicios de Emergencia de California (Cal OES). El período de retención de datos del departamento y su justificación son los siguientes:

Período de retención Justificación de la retención

El detector de armas no conserva ninguna fotografía después de 24 horas. Cualquier información necesaria deberá solicitarse formalmente al proveedor.

Durante las investigaciones y los litigios, puede ser necesario solicitar información al proveedor. De lo contrario, el sistema de detección de armas no conserva las imágenes durante más de 24 horas.

Los datos de identificación personal no se conservarán de forma que permitan la identificación de los interesados ​​durante más tiempo del necesario para los fines para los que se tratan los datos personales.

Excepciones al período de retención : los datos de información personal identificable (PII) recopilados por la tecnología de vigilancia solo podrán conservarse más allá del período de retención estándar en las siguientes circunstancias:

● Los datos pueden conservarse debido a investigaciones y litigios que requieren que la información se mantenga para procedimientos judiciales.

Los departamentos deben establecer las salvaguardas adecuadas para los datos de identificación personal almacenados durante períodos prolongados.

Eliminación de datos: Una vez finalizado el período de retención de datos, el Departamentos deberá eliminar los datos de la siguiente manera:

- Prácticas: Todos los contratos con proveedores del Departamento de Salud Pública especifican las recomendaciones y estándares de destrucción de datos del NIST. Cualquier sitio que utilice detección de armas no conservará imágenes fotográficas después de que la máquina se apague al final del día. Las imágenes se eliminan al final del día, a menos que sean necesarias para investigaciones o litigios. En ese caso, el Departamentos se pondrá en contacto con el proveedor para obtener información. - Procesos y aplicaciones: La detección de armas no conserva ninguna imagen fotográfica después de que la unidad se apague.

CUMPLIMIENTO

CUMPLIMIENTO DEL Departamentos

El Departamentos supervisará y garantizará el cumplimiento de esta Política mediante los siguientes métodos: De conformidad con la Política de Cumplimiento del DPH, la Oficina de Cumplimiento y Asuntos de Privacidad (OCPA) gestiona un programa que ayuda a prevenir y abordar el fraude, el despilfarro y el abuso en la atención médica. Esto incluye investigar denuncias de posibles infracciones y revisar áreas que puedan presentar riesgos.

Cumplimiento normativo interdepartamental, intergubernamental y de entidades no gubernamentales

Para garantizar que las entidades que reciben datos recopilados por la tecnología de vigilancia cumplan con la Política de Tecnología de Vigilancia, el Departamentos deberá: Los datos almacenados en el disco de detección de armas se eliminan automáticamente al cabo de 24 horas. Cualquier información necesaria deberá solicitarse formalmente al proveedor.

Personal de supervisión

El Departamentos contará con el siguiente personal para supervisar el cumplimiento de la Política por parte del Departamentos y de terceros.

• 0953 Subdirector III (Director de Seguridad del DPH)

Sanciones por infracciones

Las sanciones por infracciones a esta Política incluyen lo siguiente: De acuerdo con la Política de Cumplimiento del Departamento de Salud Pública : Operación de un Programa de Cumplimiento, el Departamentos busca garantizar que todo el personal cumpla con nuestros estándares y las leyes aplicables. Cuando alguien no cumpla con estas expectativas, el Departamentos recomendará la disciplina o las medidas correctivas apropiadas, incluyendo el despido si fuera necesario.

Si se alega que un Departamentos ha violado la Ordenanza según el Capítulo 19B del Código Administrativo de San Francisco , el Departamentos deberá publicar un aviso en su sitio web que describa de manera general cualquier medida correctiva tomada para abordar dicha alegación.

El Departamentos está sujeto a los procedimientos de cumplimiento, tal como se describe en la Sección 19B.8 del Código Administrativo de San Francisco .

EXCEPCIONES

Solo en circunstancias excepcionales o cuando las fuerzas policiales requieran datos de tecnología de vigilancia para funciones de investigación o enjuiciamiento, los datos recopilados, retenidos o procesados ​​por la tecnología de vigilancia podrán compartirse con las fuerzas policiales.

DEFINICIONES

  • Información de identificación personal: Información que puede utilizarse para distinguir o rastrear la identidad de un individuo, ya sea sola o combinada con otra información personal o de identificación que esté vinculada o pueda vincularse a un individuo específico.
  • Datos brutos: Información recopilada mediante tecnología de vigilancia que no ha sido procesada ni depurada de datos personales identificables. La distribución y el uso de datos brutos están estrictamente restringidos.
  • Circunstancias excepcionales: Una emergencia que implique peligro inminente de muerte o lesiones físicas graves para cualquier persona y que requiera el uso inmediato de la tecnología de vigilancia o de la información que proporciona.

AUTORIZACIÓN

La Sección 19B.4 del Código Administrativo de la Ciudad establece: "Es política de la Junta de Supervisores aprobar una ordenanza sobre Política de Tecnología de Vigilancia solo si determina que los beneficios que autoriza dicha ordenanza superan sus costos, que la ordenanza salvaguardará las libertades civiles y los derechos civiles, y que los usos y despliegues de la Tecnología de Vigilancia bajo la ordenanza no se basarán en factores discriminatorios o basados ​​en puntos de vista ni tendrán un impacto desproporcionado en ninguna comunidad o Clase Protegida".

PREGUNTAS E INQUIETUDES

Investigaciones públicas

El público puede ponerse en contacto con la Oficina de Experiencia del Paciente 6 en:

  • Dirección: 1001 Potrero Avenue, Edificio 25, Habitación H1246, San Francisco , CA 94110
  • Teléfono: 628-206-5176
  • Correo electrónico: dph-patientexperience@sfdph.org

El Departamentos deberá reconocer y responder a las quejas e inquietudes de manera oportuna y organizada, y de la siguiente manera:

El Departamentos de Experiencia del Paciente remitirá la queja o inquietud del público al personal encargado de supervisar la Política de Tecnología de Vigilancia para que investigue el incidente y proporcione al denunciante una respuesta sobre el resultado en un plazo de 30 días hábiles.

Consultas de empleados de la Ciudad y el Condado de San Francisco

Todas las preguntas relacionadas con esta política deben dirigirse al supervisor del empleado o al director. Asimismo, las preguntas sobre otras leyes aplicables que rigen el uso de la tecnología de vigilancia o sobre cuestiones relacionadas con la privacidad deben dirigirse al supervisor del empleado o al director.