SERVICIO

Solicitar exención para la iglesia

Requisitos para las organizaciones religiosas

¿Qué hacer?

Las solicitudes de exención de la Iglesia deben presentarse ante el Evaluador anualmente el 15 de febrero o antes para recibir la exención completa.

Las áreas utilizadas para actividades no religiosas o viviendas no son elegibles para la exención. En el caso de las iglesias que alquilan propiedades, tanto la iglesia como el arrendador pueden presentar una reclamación (BOE-263 Reclamación del arrendador). Cualquier reducción en los impuestos a la propiedad beneficiará a la iglesia arrendataria.

Elegibilidad

  1. Bienes muebles e inmuebles de propiedad y uso exclusivo para fines religiosos
  2. Las propiedades utilizadas para servicios de culto, oficinas comerciales de la iglesia, escuela dominical y cuidado de niños para quienes asisten a los servicios también pueden calificar para la exención religiosa si se encuentran en las mismas instalaciones que los servicios de culto.

Aplicar

  1. Descargue los formularios que se encuentran a continuación que correspondan a su organización.
  2. Presente su formulario de exención completo anualmente antes del 15 de febrero.

Fecha límite

La fecha límite anual es el 15 de febrero. 

Formularios

Exención de la Iglesia (propiedad destinada únicamente al culto)

Exención religiosa (propiedad utilizada para culto, confraternidad, asesoramiento religioso, oficinas, estacionamiento y escuelas de 12.º grado y menores)

Aviso de cambio de elegibilidad o terminación de exención religiosa

Recursos

Vea nuestro video del taller sobre exención de asistencia social para organizaciones sin fines de lucro, redacción de subvenciones y resiliencia para repasar el proceso de presentación y obtener recursos adicionales. 

El personal que necesite orientación adicional para presentar exenciones puede concertar una cita con nuestros especialistas en exenciones. 

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Arrendamientos de iglesias y organizaciones sin fines de lucro

Exime a los propietarios de propiedades de los impuestos sobre bienes inmuebles o bienes personales que alquilan a iglesias, escuelas públicas, colegios comunitarios y estatales, universidades estatales, colegios sin fines de lucro, bibliotecas públicas gratuitas y museos gratuitos y les proporciona una compensación en forma de alquiler. El arrendatario puede reclamar una exención en el formulario de exención de la iglesia o el arrendador puede reclamar la exención en el formulario de reclamo de exención del arrendador. Un reclamo del arrendador debe incluir una declaración jurada firmada por la iglesia arrendataria que dé fe del uso exento de la propiedad.

¿Qué hacer?

  1. Descargue el formulario de exención de arrendamientos de iglesias y organizaciones sin fines de lucro
  2. Envíe su formulario de exención completo junto con los documentos de respaldo requeridos a nuestra oficina.

Obtener ayuda

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1 Dr. Carlton B. Goodlett Place
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Teléfono

Oficina central628-652-8100

Correo electrónico

Unidad de exención del tasador

asrexemptionunit@sfgov.org

Agencias asociadas