INFORME
Regla 409: Clasificación de puestos y reglas relacionadas (Comisión de Servicio Civil)
Se aplica a los empleados del MTA "Service-Critical"
Esta regla afecta a los trabajadores de la ciudad que están clasificados como empleados "de servicio crítico" en la Agencia de Transporte Municipal. No se aplica a los empleados de los rangos uniformados de los Departamentos de Policía y Bomberos ni a los empleados "misceláneos". Obtenga más información sobre las otras reglas que se aplican a los empleados "misceláneos".Ver reglas relacionadasRegla 409
Clasificación de puestos y normas relacionadas
Aplicabilidad: La regla 409 se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA).
Artículo I: Autoridad
Sección 409.1 Autoridad
Sección 409.2 Notificación y apelaciones
Artículo II: Definiciones
Sección 409.3 Definiciones
Artículo III: Clasificación
Sección 409.4 Clasificación de puestos
Sección 409.5 Serie de clases
Sección 409.6 Especificación de clase
Sección 409.7 Copia oficial
Sección 409.8 Administración del Plan de Clasificación
Artículo IV: Estatuto
Sección 409.9 Principios generales
Sección 409.10 Efectos de los cambios de clasificación sobre el estatus de los titulares
Sección 409.11 Limitaciones bajo esta regla
Sección 409.12 Situaciones no contempladas específicamente
Sección 409.13 Período de prueba
Sección 409.14 Liberación del período de prueba
Sección 409.15 Antigüedad en el servicio civil
Artículo V: Asignaciones temporales fuera de clase
Sección 409.16 Asignaciones temporales fuera de clase: política y definiciones
Regla 409
Clasificación de puestos y normas relacionadas
Artículo I: Autoridad
Aplicabilidad: La regla 409 se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA).
Sección 409.1 Autoridad
409.1.1 Según lo dispuesto en la Sección 8A.104 de la Carta de la Ciudad y
409.1.2 El Director de Transporte de la MTA o su designado tendrá la responsabilidad y autoridad de asignar nuevos puestos a una clase en función del nivel y tipo de funciones asignadas, según corresponda en virtud de esta regla. Los grupos de puestos forman una clase cuando el Director de Transporte de la MTA o su designado determina que las funciones corresponden al mismo nivel de responsabilidad y autoridad.
409.1.3 El Director de Transporte de la MTA o su designado, cuando se le notifique un cambio significativo en las funciones, deberá analizar los puestos. Si el Director de Transporte de la MTA o su designado determina, mediante un análisis de puestos, que el nivel o la función de las responsabilidades asignadas han cambiado significativamente y ya no son coherentes con la clase existente, el puesto se reclasificará.
409.1.4 Cuando sea apropiado para el Plan de Clasificación, el Director de Transporte de la MTA/su designado tiene la autoridad de cambiar el título y/o número de una clase sin afectar la clasificación del puesto o el estado de los titulares.
409.1.5 El Director de Transporte de la MTA/su designado tiene la autoridad de modificar las especificaciones de la clase según sea necesario para reflejar los principales deberes de los puestos dentro de la clase y los conocimientos, habilidades y capacidades relacionados con el trabajo necesarios para realizar las funciones de la clase.
Sección 409.1 Autoridad (cont.)
409.1.6 El Director de Transporte de la MTA o su designado tiene la autoridad de realizar cambios al Plan de Clasificación, incluyendo la creación de nuevas clases, la abolición, la consolidación o la modificación de clases de acuerdo con el Plan de Clasificación.
409.1.7 La decisión del Director de Transporte de la MTA o su designado con respecto a cuestiones de clasificación, incluida la autoridad para determinar el estado de un empleado, será definitiva a menos que se apele ante la Comisión de Servicio Civil.
Sección 409.2 Notificación y apelaciones
409.2.1 Cualquier empleado y/o representante de empleados afectado por una acción de clasificación o concesión de estatus en virtud de esta Norma puede apelar la acción ante la Comisión de Servicio Civil. La apelación deberá presentarse por escrito, indicando el fundamento de la apelación y deberá realizarse de conformidad con los procedimientos establecidos por el Director Ejecutivo de la Comisión de Servicio Civil.
409.2.2 Los cambios propuestos en la clasificación y/o estatus de los titulares permanentes del servicio civil con derechos de estatus existentes se publicarán durante siete (7) días calendario. Un día en que la oficina de Recursos Humanos de la MTA o el Departamento de Recursos Humanos esté cerrado no se contará como el séptimo (7) día.El) día del calendario. Los cambios propuestos entrarán en vigor el día ocho (8)El) día calendario siguiente a la fecha de publicación, con la siguiente excepción:
409.2.3 Las protestas deberán presentarse al Director de Transporte de la MTA o su designado antes de que finalice el período de publicación.
409.2.4 La decisión del Director de Transporte de la MTA o su designado es apelable ante la Comisión de Servicio Civil. La decisión de la Comisión de Servicio Civil será definitiva y no estará sujeta a reconsideración.
Regla 409
Clasificación de puestos y normas relacionadas
Artículo II: Definiciones
Aplicabilidad: La regla 409 se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA).
Sección 409.3 Definiciones
409.3.1 Código de trabajo
El término “código de trabajo” se utiliza dentro del sistema de clasificación de Recursos Humanos de manera intercambiable con el término “clase” o “clasificación” de la Función Pública/Carta.
409.3.2 Posición
Los deberes y responsabilidades asignados por un funcionario designante para que los realice un empleado.
409.3.3 Sistema de clasificación
Un método para organizar puestos en clases y grupos de clases basado en un análisis de los tipos y niveles de trabajo realizado.
409.3.4 Plan de clasificación
El sistema o plan general que abarca todas las clases.
409.3.5 Clase
Un grupo de puestos que tienen funciones comunes, niveles de responsabilidad y que requieren conocimientos, habilidades y destrezas relacionadas.
409.3.6 Serie de clases
Clases directamente relacionadas dentro de un grupo de trabajo que varían en nivel y alcance de responsabilidad.
Sección 409.3 Definiciones (cont.)
409.3.7 Descripción del puesto
Una descripción de puesto generalmente describe las funciones de un puesto, pero puede no ser exhaustiva ni específica para un puesto en particular.
409.3.8 Especificaciones de clase
Una delimitación escrita de los niveles de deberes y funciones esenciales de una clase.
409.3.9 Asignación/Clasificación
Asignar nuevos puestos a una clase apropiada.
409.3.10 Reasignación/Reclasificación
Designar puestos existentes a una clase diferente.
409.3.11 Consolidación
La combinación de las funciones de dos o más clases en una sola clase.
409.3.12 División
La separación de una clase en dos o más clases.
409.3.13 Enmienda
La revisión formal de las especificaciones de clase para una clase existente.
409.3.14 Retitulación
Cambiar el nombre (título) de una clase existente.
409.3.15 Renumeración
Cambiar el número designado de una clase existente.
409.3.16 Abolición
La eliminación de una clase del Plan de Clasificación.
Sección 409.3 Definiciones (cont.)
409.3.17 Estado
El estatus en el servicio municipal y del condado es el derecho que tiene un empleado a realizar determinadas tareas en una clase específica. El estatus se otorga a una clase y no a un puesto específico en una clase.
409.3.18 Asignación temporal fuera de clase
La asignación de un empleado que tiene estatus de servicio civil permanente en una clase para realizar responsabilidades y deberes diarios normales de otra clase de manera temporal y sin cambio de clase.
409.3.19 Protesta
Una solicitud al Director de Transporte de la MTA/designado para la reconsideración de una decisión de clasificación.
409.3.20 Apelación
Una solicitud a la Comisión de Servicio Civil para reconsiderar la decisión del Director de Transporte/Designado de la MTA.
Regla 409
Clasificación de puestos y normas relacionadas
Artículo III: Clasificación
Aplicabilidad: La regla 409 se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA).
Sección 409.4 Clasificación de puestos
Cada puesto en el servicio clasificado será clasificado por el Director de Transporte de la MTA/designado y asignado a la clase apropiada de acuerdo con el nivel, alcance y concepto ocupacional de los deberes asignados.
Sección 409.5 Serie de clases
Todas las clases directamente relacionadas dentro de una familia de trabajos que impliquen el mismo tipo de trabajo, pero que difieran en cuanto al alcance de la responsabilidad, se agruparán en la misma serie.
Sección 409.6 Especificación de clase
409.6.1 La especificación de la clase será la descripción oficial de la clase.
409.6.2 La especificación de la clase deberá ser descriptiva de la clase y no deberá considerarse como una restricción a la asignación de funciones que no estén específicamente enumeradas. Las especificaciones de la clase tienen por objeto indicar el tipo de puestos que deben asignarse a una clase, pero no deberán interpretarse como una descripción de los deberes y responsabilidades exactos de cada puesto individual asignado a la clase. El Director de Transporte de la MTA o su designado tiene la autoridad de asignar a un empleado para que realice un trabajo siempre que sea coherente con el tipo de deberes y el nivel de responsabilidad de la clase del empleado, aunque no se describa específicamente en la especificación de la clase.
Sección 409.7 Copia oficial
El Director de Transporte de la MTA o su designado deberá mantener una copia exacta y completa del Plan de Clasificación, que se designará como la "Copia Oficial". Se enviará una copia del informe al Director de Recursos Humanos de la Ciudad. Todos los cambios en la asignación o reasignación de puestos a clases o la modificación de las clasificaciones se registrarán en la "Copia Oficial" del Plan de Clasificación. La "Copia Oficial" del Plan de Clasificación estará abierta a la inspección pública.
Sección 409.8 Administración del Plan de Clasificación
409.8.1 El Director de Transporte de la MTA o su designado analizará los puestos y/o clasificaciones siempre que lo considere necesario.
409.8.2 A pedido del Director de Transporte de la MTA o su designado, los departamentos, oficinas o divisiones operativas de la MTA deberán proporcionar información detallada relativa a los deberes y responsabilidades o asignaciones de trabajo de los puestos bajo la jurisdicción del funcionario que los designa. Cada departamento, oficina o división operativa de la MTA deberá notificar al Director de Transporte de la MTA o su designado sobre los cambios significativos en los deberes, responsabilidades o asignaciones de trabajo.
409.8.3 El Director de Transporte de la MTA o su designado deberá presentar anualmente un informe de clasificación a la Comisión de Servicio Civil de conformidad con la Sección 8A.104 de la Carta.
Regla 409
Clasificación de puestos y normas relacionadas
Artículo IV: Estatuto
Aplicabilidad: La regla 409 se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA).
Sección 409.9 Principios generales
El estatus en el servicio de la Ciudad y el Condado es el derecho de un empleado a realizar ciertas tareas en una clase específica. Este derecho surge del examen en el que el empleado calificó y/o del nombramiento recibido, y de las tareas realizadas según lo indicado en los registros oficiales. La especificación de la clase o la declaración de tareas que exista en el momento del examen y/o nombramiento es un documento de referencia básico para determinar el estatus en una clase. Un empleado tiene estatus en una clase, pero no en un puesto en particular dentro de dicha clase. El Director de Transporte de la MTA o su designado tiene una discreción muy amplia para reasignar a un empleado de un puesto a otro puesto en la misma clase.
En los casos en que esté involucrado el estatus, el Director de Transporte de la MTA o su designado será responsable de la determinación del “estatus” de un empleado y/o elegible, sujeto a apelación ante la Comisión de Servicio Civil.
Sección 409.10 Efectos de los cambios de clasificación sobre el estatus de los titulares
409.10.1 Consolidación de clases
Cuando los deberes de dos o más clases se combinan en una clase nueva, existente o enmendada, y si alguna de las clases involucradas se elimina, a un empleado que tiene estatus de servicio civil permanente dentro de la clase abolida se le otorga el estatus de la clase nueva, existente o enmendada, sujeto a las limitaciones de esta Regla.
409.10.2 División de una clase en dos o más clases
Cuando una clase se divide en dos o más clases, a un empleado que tenga estatus de funcionario público permanente dentro de la clase que se divide se le otorga estatus para la nueva clase o clases que reflejen la(s) responsabilidad(es) principal(es) del empleado. La determinación de qué clase o clases reflejan las responsabilidades principales de un empleado la realiza el Director de Transporte de la MTA o su designado.
Sección 409.10 Efectos de los cambios de clasificación sobre el estatus de los titulares (cont.)
409.10.3 Reclasificación ascendente
Cuando un puesto ocupado por un empleado con estatus de servicio civil permanente se reclasifica hacia arriba, al empleado se le otorga el estatus de la clase nueva, existente o enmendada sujeto a las limitaciones previstas en esta Regla.
409.10.4 Reclasificación lateral
Cuando un puesto ocupado por un empleado con estatus de servicio civil permanente se reclasifica lateralmente, al empleado se le otorga el estatus de la clase nueva, existente o modificada.
409.10.5 Reclasificación descendente
1) Sujeto a las limitaciones de la Sec. 409.11 de esta Regla, cuando un puesto ocupado por un empleado con estatus de servicio civil permanente se reclasifica hacia abajo, el empleado puede:
a) aceptar la reclasificación descendente; o
b) reasignar a un puesto vacante en la misma clase y departamento; o
c) solicitar el traslado a un puesto vacante dentro de la misma clase en toda la ciudad; o
d) reintegrarse a una vacante dentro del departamento o clase de toda la ciudad que ocupaba el empleado antes de la reclasificación descendente; o
e) aceptar el puesto como reclasificado hacia abajo con derechos de reincorporación a la próxima vacante disponible en toda la ciudad en la clase que ocupaba el empleado antes de la reclasificación hacia abajo; o
f) ejercer el derecho de despido en la función pública.
Sección 409.10 Efectos de los cambios de clasificación sobre el estatus de los titulares (cont.)
409.10.5 Reclasificación descendente (cont.)
2) Si, en el marco de una reclasificación descendente de un puesto, el empleado opta por aceptar la reclasificación descendente con derechos de reincorporación, deberá aceptar el primer puesto disponible. Si no hay ningún puesto disponible dentro de un (1) año a partir de la fecha de vigencia de la medida, se perderá todo estatus de la clasificación anterior; sin embargo, se podrá conceder una extensión de la siguiente manera:
a) El Director de Transporte de la MTA o su designado podrá otorgar una extensión para clasificaciones exclusivas de la Agencia de Transporte Municipal; o
b) El Director de Recursos Humanos de la Ciudad podrá otorgar una extensión para las clasificaciones de toda la ciudad.
409.10.6 Clases renumeradas o retituladas
Cuando se renumeran o se retitulan las clases, o cuando se modifica la descripción de la clase para describir con mayor precisión las tareas que se desempeñan en realidad, todos los empleados con estatus permanente en la clase anterior seguirán teniendo estatus permanente en la clase renumerada o retitulada. Las personas elegibles en una lista de la clase anterior seguirán siendo elegibles en la clase renumerada o retitulada.
409.10.7 Implementación del estatus
1) A todos los empleados permanentes en puestos de la clase anterior que hayan sido reasignados a una nueva clase, se les concede el estatus de puestos de la nueva clase a partir de la fecha de vigencia de la enmienda a la Ordenanza de Salario Anual que establece dichos puestos en la nueva clase.
2) A los empleados restantes de la misma clase anterior y del mismo departamento se les conceden derechos de asignación a puestos en las nuevas clases a medida que se produzcan vacantes, de acuerdo con la antigüedad en el departamento.
3) A los empleados permanentes que ocupen puestos de la misma clase anterior en otros departamentos se les concede el derecho de ser transferidos a puestos de la nueva clase o clases a medida que se produzcan vacantes. Dichas solicitudes de traslado se regirán por las disposiciones de este Reglamento que rigen el nombramiento por traslado.
Sección 409.10 Efectos de los cambios de clasificación sobre el estatus de los titulares (cont.)
409.10.7 Implementación del estatus (cont.)
4) Cuando se haya concedido el estatus, a todos los empleados permanentes en puestos de la clase anterior que ha sido reclasificada a otra clase se les concede el estatus en los puestos.
5) Un empleado al que se le otorgue el estatus debe ejercer esos derechos de segunda clase tan pronto como haya un puesto disponible, dentro de un (1) año a partir de la fecha de vigencia de la enmienda a la Ordenanza de Salario Anual, a menos que el Director de Transporte de la MTA o su designado o el Director de Recursos Humanos de la Ciudad, según corresponda, otorgue una extensión. Si el estatus no se ejerce dentro del límite de tiempo o si el empleado rechaza una oferta de un nombramiento para el estatus, entonces se pierde el estatus.
6) Un empleado que no ejerza el estatus previsto anteriormente puede continuar en el puesto original hasta que se cubra el puesto reclasificado y el titular original sea reemplazado por otro empleado que tenga estatus en la clase o por un elegible de una lista de servicio civil.
7) Cuando todos los titulares permanentes de la clase y el departamento hayan ejercido o perdido su estatus, a los elegibles en las listas de la clase original, así como a los empleados de la misma clase original en otro departamento, se les pueden ofrecer nombramientos de estatus en la segunda clase, ya sea mediante certificación de la lista de elegibles o según las disposiciones de transferencia de la Regla de Transferencia.
Sección 409.11 Limitaciones bajo esta regla
409.11.1 La asignación o reasignación de un puesto no afectará negativamente los derechos de servicio civil de un ocupante que legalmente ocupe dicho puesto con nombramiento permanente. Si se produce un efecto adverso sobre los derechos de servicio civil de un ocupante que legalmente ocupe dicho puesto con nombramiento permanente, dicha asignación o reasignación entrará en vigor cuando el puesto quede vacante por reasignación o por otro motivo, excepto cuando se apruebe una implementación anterior por mutuo acuerdo con la organización de empleados reconocida correspondiente. Mientras se realiza dicha reasignación, el titular continuará en el puesto.
409.11.2 Al administrar esta Regla, si la diferencia entre los rangos salariales de la clase anterior y la nueva clase es más de siete y medio (7½) por ciento, se considerará que existe una diferencia significativa en el alcance de la responsabilidad y no se otorgará el estatus a menos que lo apruebe la Comisión de Servicio Civil.
Sección 409.11 Limitaciones bajo esta regla (cont.)
409.11.3 Un empleado debe cumplir con las calificaciones mínimas para el puesto para ser elegible para el estatus.
409.11.4 El Director de Transporte de la MTA o su designado podrá evaluar la capacidad del empleado para realizar el nivel de deberes y las funciones esenciales de la clase.
Sección 409.12 Situaciones no contempladas específicamente
Las situaciones no abordadas específicamente en este Artículo serán resueltas por el Director de Transporte de la MTA o su designado, sujetas a la aprobación previa de la Comisión de Servicio Civil.
Sección 409.13 Período de prueba
409.13.1 Los empleados que sean designados por estatus en el mismo departamento/agencia no estarán obligados a completar un nuevo período de prueba.
409.13.2 Los empleados que ejerzan su condición de transferidos a un nuevo departamento de la ciudad deberán completar un período de prueba.
409.13.3 Los empleados que aún no hayan completado el período de prueba en la clase sujeta a reclasificación deberán completar el resto del período de prueba en la nueva clase.
Sección 409.14 Liberación del período de prueba
Los empleados designados por estatus y que cumplen un período de prueba están sujetos a las Reglas de la Comisión de Servicio Civil al ser liberados del período de prueba.
Sección 409.15 Antigüedad en el servicio civil
La antigüedad en el servicio civil de los empleados a los que se les otorgó el estatus bajo la Regla 409 de la Comisión de Servicio Civil se trasladará y se calculará a partir de la fecha de la antigüedad en toda la ciudad según se define en estas Reglas en la clase anterior a la reclasificación.
Regla 409
Clasificación de puestos y normas relacionadas
Artículo V: Asignaciones temporales fuera de clase
Aplicabilidad: La regla 409 se aplicará a todas las clases de servicio crítico de la Agencia de Transporte Municipal (MTA).
Sección 409.16 Asignaciones temporales fuera de clase: política y definiciones
409.16.1 De conformidad con esta Regla, un funcionario designante puede ejercer la autoridad de la Carta para asignar a un empleado para que desempeñe cualquiera de los deberes del departamento/agencia al que lo designó y para realizar cualquier asignación temporal fuera de clase para mantener la prestación de cualquier servicio público.
409.16.2 Asignación temporal fuera de clase significa la asignación de un empleado sin cambio de clase para realizar las tareas y responsabilidades diarias normales de otra clasificación. Los registros de dicha asignación temporal fuera de clase se colocarán en el expediente personal del empleado. Un empleado asignado a una asignación temporal fuera de clase también puede solicitar que el funcionario designado o el funcionario que lo designa coloque el registro en el expediente personal del empleado al mismo tiempo que la asignación. El funcionario designado o el funcionario que lo designa deben verificar y aprobar el registro de asignaciones temporales fuera de clase antes de colocarlo en el expediente personal. El Director de Transporte de la MTA o su designado será responsable de administrar y hacer efectivas las disposiciones de esta Regla, y de establecer los controles y procedimientos administrativos que sean necesarios. Las decisiones del Director de Transporte de la MTA o su designado estarán sujetas a apelación ante la Comisión de Servicio Civil.
1) La asignación temporal fuera de clase se distingue del "nombramiento temporal" en que este último se refiere a un nombramiento para un puesto clasificado de manera diferente de conformidad con las disposiciones de nombramiento de la función pública y de acuerdo con los requisitos presupuestarios.
2) La asignación temporal fuera de clase se distingue de una asignación a corto plazo o regular de una parte menor de tareas laborales que se asignan a una clase diferente, pero que generalmente están relacionadas con las tareas regulares o el nivel de responsabilidad de la clase actual del empleado.
3) El Director de Transporte de la MTA o su designado será responsable de administrar y hacer efectivas las disposiciones de esta Regla, y de establecer los controles y procedimientos administrativos que puedan ser necesarios.
Sección 409.16 Asignaciones temporales fuera de clase: política y definiciones (cont.)
409.16.2 (continuación)
4) No se realizarán asignaciones temporales fuera de clase cuando se pueda hacer un nombramiento con base en las Reglas y procedimientos establecidos regularmente por la Comisión de Servicio Civil. Se podrán aprobar asignaciones temporales fuera de clase mientras se encuentre pendiente un nombramiento mediante los procedimientos establecidos.
5) Cuando corresponda una asignación temporal fuera de clase dentro de MTA, la selección y retención quedarán a discreción del Director de Transporte de MTA o su designado.