INFORME

Política de distribución de entradas para el Monumento a los Caídos en Guerra

War Memorial and Performing Arts Center

Resolución No.22-17

CONSIDERANDO QUE, el War Memorial and Performing Arts Center es un “departamento fiduciario de beneficencia” según el Artículo V de la Carta de San Francisco regido por la Junta de Fideicomisarios del War Memorial (“WMBT”);

CONSIDERANDO QUE, de conformidad con la Sección 5.101 de la Carta y el Acuerdo de Fideicomiso del Monumento a los Caídos en Guerra de 1921, con sus modificaciones (el “Fideicomiso”), el WMBT tiene a su cargo exclusivo el fideicomiso y todos los demás activos bajo su jurisdicción, incluidos el War Memorial Opera House, el War Memorial Veterans Building (incluido el Teatro Herbst) y la Sala Sinfónica Louise M. Davies (en conjunto, las “Instalaciones del Monumento a los Caídos en Guerra”);

CONSIDERANDO QUE, el WMBT, en virtud de acuerdos de arrendamiento con varias organizaciones para el uso de las instalaciones del Monumento Conmemorativo de Guerra, requiere que las entradas para ciertos asientos para cada actuación en las instalaciones del Monumento Conmemorativo de Guerra se reserven para su uso por parte del Monumento Conmemorativo de Guerra y el Centro de Artes Escénicas para su distribución para los fines fiduciarios de beneficencia del Monumento Conmemorativo de Guerra y para otros fines gubernamentales y públicos legítimos, y, por lo tanto, el Monumento Conmemorativo de Guerra y el Centro de Artes Escénicas obtiene dichas entradas según los términos de los contratos para el uso de la propiedad pública;

CONSIDERANDO QUE, los funcionarios públicos y empleados involucrados en la gobernanza, financiación, asesoramiento, gestión o administración del Monumento Conmemorativo de Guerra y Centro de Artes Escénicas están mejor capacitados para comprender y apreciar las ofertas y operaciones del Monumento Conmemorativo de Guerra y Centro de Artes Escénicas y ejecutar sus responsabilidades asistiendo a eventos y presentaciones en las Instalaciones del Monumento Conmemorativo de Guerra; CONSIDERANDO QUE, debido a que las presentaciones y eventos en las Instalaciones del Monumento Conmemorativo de Guerra forman una parte esencial y central de las operaciones y propósitos públicos del Monumento Conmemorativo de Guerra y Centro de Artes Escénicas, el WMBT también espera y alienta a los fideicomisarios a asistir a varias presentaciones y eventos en las Instalaciones del Monumento Conmemorativo de Guerra cada año en cumplimiento de sus deberes públicos y fiduciarios como fideicomisarios caritativos del Fideicomiso;

CONSIDERANDO QUE, el Reglamento 18944.1 de la Comisión de Prácticas Políticas Justas de California ("FPPC") aborda la distribución de boletos y pases a funcionarios públicos y establece que la distribución de un boleto o pase por parte de una agencia a un funcionario público constituye un obsequio al funcionario público a menos que dicha distribución cumpla con criterios específicos y se realice de conformidad con una política escrita adoptada por el órgano rector de la agencia que establezca ciertos requisitos;

CONSIDERANDO QUE, de conformidad con el Reglamento 18944.1, el WMBT debe adoptar una política escrita que contenga, como mínimo, (1) una disposición que establezca los propósitos públicos de la agencia que se lograrán mediante la distribución de boletos o pases; (2) una disposición que requiera que la distribución de cualquier boleto o pase por parte de la agencia a, o a instancias de, un funcionario logre un propósito público de la agencia; y (3) una disposición que prohíba la transferencia por parte de cualquier funcionario de cualquier boleto o pase, distribuido a dicho funcionario de conformidad con la política de la agencia, a cualquier otra persona, excepto a miembros de la familia inmediata del funcionario o no más de un invitado, únicamente para uso del invitado o miembro de la familia inmediata.

POR CUANTO, el Reglamento 18944.1 de la FPPC, según sus modificaciones, se encuentra en los archivos del Secretario de la Junta de Fideicomisarios del Monumento Conmemorativo de Guerra y por la presente se declara que es parte de esta política;

AHORA, POR TANTO, SE RESUELVE QUE: El WMBT adopta por la presente la siguiente política de distribución de entradas:

Política del Monumento a los Caídos en Guerra que rige la distribución de entradas y pases

  1. Fines públicos de la distribución de entradas o pases. La distribución de cualquier entrada o pase por parte del Centro de Artes Escénicas y Monumento Conmemorativo de Guerra (el "Monumento Conmemorativo de Guerra") a un funcionario público, o a petición de este, cumplirá con uno o más de los siguientes fines públicos ("Fideicomiso Benéfico y Fines Públicos del Monumento Conmemorativo de Guerra"):
    1. Promover los fines benéficos del Monumento de Guerra según el Acuerdo Fiduciario del Monumento de Guerra y la Carta de San Francisco.
    2. Facilitar el desempeño de una función o rol ceremonial por parte de un funcionario municipal en nombre de la ciudad en un evento.
    3. Facilitar la familiaridad de los funcionarios públicos con, o la capacidad de llevar a cabo sus servicios o deberes fiduciarios con respecto a la gestión, administración y/o cuidado del Monumento de Guerra.
    4. Monitoreo y evaluación del funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones públicas disponibles para uso de los residentes y visitantes de la Ciudad por parte de los empleados de la Ciudad.
    5. Promoción del desarrollo económico y el empleo en la Ciudad y áreas circundantes.
    6. Promoción del turismo de la ciudad a escala local, estatal, nacional o mundial.
    7. Promoción de relaciones intergubernamentales y/o cooperación y coordinación de recursos con otras agencias gubernamentales, incluyendo, pero no limitado a, la asistencia a un evento con o por funcionarios electos, funcionarios públicos designados o dignatarios de otras jurisdicciones, y sus familiares inmediatos o no más de un invitado, únicamente para su uso personal.
    8. Promoción del intercambio cultural entre otras organizaciones artísticas y culturales, incluyendo, entre otras, la asistencia a un evento con o por parte de funcionarios de la organización, personal e invitados.
    9. Promover, apoyar y/o mostrar aprecio por los programas o servicios prestados por organizaciones benéficas, sin fines de lucro o educativas que benefician a los residentes de San Francisco.
    10. Facilitar un mayor contacto directo, aportes y comunicación con inquilinos, licenciatarios y representantes de eventos.
    11. Facilitar la familiarización del personal y los empleados del Monumento de Guerra con la función de los lugares durante su uso por parte del público para que puedan llevar a cabo mejor sus tareas con respecto al mantenimiento, la administración y/o el cuidado del Monumento de Guerra.
    12. Para promover cualquier otro fin público que un departamento o comisión esté obligado o autorizado por ley a perseguir. Si el fin público que justifica la distribución de la boleta es la supervisión o inspección de las instalaciones municipales, también deberá presentarse un informe de inspección por escrito con las conclusiones y recomendaciones del funcionario que reciba la boleta o pase.
  2. Prohibición de transferencia. Un funcionario público que haya recibido una entrada o pase distribuido bajo esta política no podrá transferir dicho pase a ninguna otra persona, excepto a su familia inmediata (cónyuge/pareja e hijos dependientes) o a un máximo de un invitado, para uso exclusivo del invitado o familiar directo. Sin embargo, el funcionario público deberá acompañar a cualquier familiar directo o invitado que haya recibido una entrada o pase mediante un traslado al evento o espectáculo.
  3. Divulgación. Según lo exige el Reglamento 18944.1 de la FPPC, el Monumento Conmemorativo de Guerra publicará de forma destacada esta política y la siguiente información sobre la distribución de entradas o pases en virtud de esta política en su sitio web, mediante un formulario proporcionado por la FPPC, dentro de los 45 días posteriores a la distribución de entradas o pases. Además, le enviará un correo electrónico con el enlace al sitio web del Monumento Conmemorativo de Guerra que muestra el formulario para que pueda publicarlo. ▪
    1. El nombre de la persona que recibe el boleto o pase, o si el boleto o pase se distribuye a un departamento u otra unidad de la agencia y no es utilizado por un miembro del órgano rector, un designado político, un jefe de departamento o un director administrativo de la agencia, el nombre del departamento u otra unidad de la agencia que recibe el boleto o pase y la cantidad de boletos o pases proporcionados al departamento. Si el boleto o pase se distribuye a una organización no municipal, el nombre, la dirección, la descripción de la organización y la cantidad de boletos o pases proporcionados a la organización.
    2. Una descripción del evento;
    3. La fecha del evento;
    4. El valor justo del billete o pase según se define dicho término en el Reglamento 18946, subdivisión (d)(1);
    5. El número de billetes o pases proporcionados a cada persona;
    6. Si el boleto o pase se distribuye por orden de un funcionario público, el nombre del funcionario que solicitó la distribución del boleto o pase;
    7. Una descripción del propósito público bajo el cual se realizó la distribución o, alternativamente, que el boleto o pase se distribuyó como ingreso al funcionario; y
    8. Un informe de inspección escrito de los hallazgos y recomendaciones realizado por el funcionario que recibe el boleto o pase si se recibió para la supervisión o inspección de las instalaciones de la Ciudad.
  4. Distribución de entradas. El Director General del Monumento Conmemorativo de Guerra es el funcionario del departamento autorizado para ejercer discreción en la distribución de entradas y pases. El Director General, o su designado, tendrá la autoridad para determinar si la distribución de entradas o pases a un destinatario en particular contribuye a uno o más de los fines públicos especificados en esta política. No obstante lo anterior, se prohíbe el uso desproporcionado de entradas o pases por parte de un fideicomisario, miembro de la Junta de Supervisores u otro funcionario electo de la Ciudad, un comisionado municipal, un jefe de departamento municipal o el Administrador Municipal.
  5. Fecha de entrada en vigor. Esta política sustituye cualquier política anterior de distribución de entradas y entrará en vigor el 13 de octubre de 2022, fecha en que se aprobó y adoptó mediante resolución de la WMBT en una reunión ordinaria de la Junta Directiva.